Cuestionada la constitucionalidad de la reducción de rentas acordada por la Generalitat en el Decreto Ley 34/2020
Cuestionada la constitucionalidad de la reducción de rentas acordada por la Generalitat en el Decreto Ley 34/2020
El Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Barcelona, en reciente Auto de fecha 4 de agosto de 2021, en el seno de un procedimiento ordinario en que se había ejercitado una acción para suspender y rebajar la renta del alquiler del local, ha planteado una cuestión de constitucionalidad ante el Tribunal Constitucional sobre los apartados a) y b) del artículo 2.1 del Decreto Ley del Gobierno de la Generalitat de Catalunya nº 34/2020, de fecha 20 de octubre.
No fuimos pocos los que abiertamente cuestionamos la constitucionalidad de la medida, sobre todo por invadir competencias exclusivas del Estado
Los citados preceptos establecían la reducción de la renta en el caso de los alquileres sobre locales cuya actividad había quedado afectada por las normas de restricción impuestas por causa del Covid-19. Y no fuimos pocos los que abiertamente cuestionamos la constitucionalidad de la medida, sobre todo por invadir competencias exclusivas del Estado. De hecho, el Estado también había legislado sobre el particular, habiendo previsto reducciones para el caso del propietario fuera gran tenedor, si bien había excluido a los locales cuyos propietarios fueran personas físicas o sociedades que no fuesen de gran tamaño –que quedaban sólo sometidos a la renegociación de condiciones-.
El Auto comentado recoge este sentir general y lo eleva a cuestión constitucional. Considera que el artículo 149.1.8º de la Constitución atribuye competencia exclusiva al Estado en materia de bases de las obligaciones contractuales. Y que la medida legislativa adoptada en el Decreto Ley 34/2020 incide, por un lado, en el principio de libertad en la fijación de la renta y, por otro, en el principio de la obligatoriedad del contrato. Lo que puede considerarse, según el Magistrado autor de la resolución, como una afectación directa a la organización económica de los contratos de arrendamiento de local; a la libertad contractual y la relación entre los contratantes; y a la relación de conmutatividad entre prestaciones establecidas por las partes al reglamentar su relación y en, definitiva, a la obligatoriedad del contrato y a las condiciones para hacer efectivos los derechos nacidos del mismo.
Abre una nueva vía para la defensa de los propietarios
Auto interesante que, dicho sea de paso, se ha planteado ante la quietud del Gobierno, que no ha actuado por intereses políticos, y que abre una nueva vía para la defensa de los propietarios frente a la aplicación de las medidas acordadas en el Decreto Ley 34/2020.