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Jurisprudencia

90.000€ de indemnización: Sabadell vuelve a ser condenado por no informar a sus clientes

Para la jueza encargada del caso queda probado que la familia afectada perdió sus ahorros por falta de información al suscribir el producto

Sede del Banco Sabadell. (Foto: Google)

Tiempo de lectura: 2 min



Jurisprudencia

90.000€ de indemnización: Sabadell vuelve a ser condenado por no informar a sus clientes

Para la jueza encargada del caso queda probado que la familia afectada perdió sus ahorros por falta de información al suscribir el producto

Sede del Banco Sabadell. (Foto: Google)

  • Los tests de conveniencia aportados por el Sabadell no fueron firmados por las víctimas: las firmas fueron manipuladas


El juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Valdés (Asturias) ha dictado una sentencia que declara responsable al Banco Sabadell por negligencia en sus obligaciones de información en la venta de un producto financiero complejo. El producto en cuestión eran Obligaciones Convertibles en Acciones de Banco Sabadell suscritas en 2009 y renovadas en 2012. Banco Sabadell ha sido condenado a indemnizar a la familia afectada la cantidad de 90.000 euros.

La jueza entiende que Banco Sabadell no cumplió las obligaciones de información exigidas a la hora de la comercialización del producto suscrito, al concluir que:



“… Por todo ello estando probado el incumplimiento de los deberes de información exigidos por LMV a la entidad bancaria se dan los requisitos para que prospere la acción de indemnización ejercitada, pues se prueba el daño, el incumplimiento atribuido y la relación de causalidad pues las pérdidas son consecuencia directa de la falta de información y comercialización derivados de un deficiente asesoramiento atribuible a la demandada, no constando sobre el perfil inversor de los actores, tanto de la hija como sus padres, especiales conocimientos en el ámbito financiero”.

Para Rubén Cueto, socio director de Vallverdú Abogados: “Los test de conveniencia aportados por el Banco Sabadell aparecieron firmados con firmas simuladas. Este hecho es muy grave pues acredita claramente el incumplimiento de las obligaciones de diligencia del Banco Sabadell y la clara voluntad de engañar a las víctimas”.

Rubén Cueto, socio director de Vallverdú Abogados (Foto: Vallverdú Abogados)



Una de cal y otra de arena: la AP de Barcelona consideró válido un pacto novatorio de Sabadell el pasado mes de septiembre

La Audiencia Provincial de Barcelona, en su sentencia de 13 de septiembre de 2021, estimó el recurso de apelación del Banco Sabadell validando el acuerdo transaccional no viciado de nulidad donde se elimina la cláusula suelo y se pacta una renuncia a ejercer acciones legales.

La Audiencia, como ha venido considerando hasta la fecha en este tipo de litigios, interpretando la STJUE de 9 de julio de 2020 (asunto C-452/18), reconoce que los consumidores no renunciaron a perseguir una cláusula nula, sino que ambas partes aceptaron la nulidad y acordaron poner fin a las incertezas con la supresión de la cláusula del ámbito de sus relaciones, así como con la fijación de una suma en concepto de efectos por las cantidades indebidamente percibidas.

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