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Noticias Jurídicas

Paro estudiantil contra la “ley Castells”

El Gobierno planea aprobar la LOSU a finales de 2023

Manuel Castells, ministro de Universidades (Foto: RTVE)

María Fernández Abanades

Redactora de E&J




Tiempo de lectura: 5 min

Publicado




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Paro estudiantil contra la “ley Castells”

El Gobierno planea aprobar la LOSU a finales de 2023

Manuel Castells, ministro de Universidades (Foto: RTVE)



La Coordinadora de Representantes de Estudiantes de las Universidades Públicas (CREUP), junto a Estudiantes en Movimiento y Frente de Estudiantes, han anunciado movilizaciones en distintas ciudades españolas para el día de hoy, 18 de noviembre. Se trata de una protesta ante la falta de atención a las reivindicaciones estudiantiles en la redacción del proyecto de la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU). También se dirigen contra la recién aprobada Ley de Convivencia Universitaria.

La LOSU: de anteproyecto a proyecto de ley

Un anteproyecto de ley es un texto elaborado por uno o varios ministerios que se eleva al Consejo de Ministros para su aprobación como proyecto de ley. El Anteproyecto de Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU), propuesto por el ministro de Universidades Manuel Castells, fue aprobado el pasado 31 de agosto en Consejo de Ministros en primera lectura, convirtiéndose con ello en proyecto de ley.



A este respecto, hay que señalar que en el sistema español la iniciativa legislativa puede ejercerse por distintos órganos: el Gobierno, el Congreso, el Senado, las Asambleas de las Comunidades Autónomas y la iniciativa legislativa popular, de acuerdo con lo establecido en el artículo 87 de la Constitución.

Manuel Castells (Foto: RTVE)

Los proyectos de ley se presentan únicamente por el Gobierno como manifestación de su poder para hacer efectivo su programa político.  Por su parte, las proposiciones de ley abarcan las iniciativas legislativas de los restantes órganos.



El proyecto de ley todavía no es una ley, sino que habrá de pasar por un proceso hasta convertirse en tal (como parte del mismo, en el Congreso, los distintos grupos parlamentarios podrán presentar enmiendas). La educación, como derecho fundamental reconocido en el art. 27 CE, debe ser regulada por una ley orgánica y estas requieren para su aprobación la mayoría absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto (art. 81.2 CE).

El Gobierno planea aprobar la LOSU a finales de 2023. Según el ejecutivo, los objetivos principales de la reforma son cuatro: promover el acceso a la educación superior; adecuar la ordenación de las enseñanzas universitarias; garantizar la buena gobernanza de las instituciones universitarias y fomentar la investigación, la transferencia y la movilidad del personal docente e investigador.

Las peticiones de los estudiantes respecto a la LOSU

La normativa por la que se rigen las universidades en la actualidad es la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades (LOU). Fue aprobada el 20 de diciembre de 2001 por el parlamento español, a instancia del segundo gobierno del José María Aznar (PP). Vino a derogar la Ley de Reforma Universitaria (LRU), ley democrática que configuró la estructura y gobierno de las Universidades españolas tras la Constitución Española de 1978.

Para conocer el fundamento de las quejas del estudiantado sobre la LOSU hemos accedido a un documento publicado en la página web de la Coordinadora de Representantes de Estudiantes de Universidades públicas (CREUP).

En primer lugar, el estudiantado señala que la ley les otorga poca representatividad. Aducen los siguientes motivos:

  • En el artículo 28.2 a) se estipula que, en función de la participación de cada colectivo, se podrá ajustar su porcentaje de voto en las elecciones a rector. Los estudiantes son tradicionalmente un grupo poco participativo en las votaciones. Esto se debe a que, pese a ser muy numerosos, habitualmente gozan de muy poca representatividad en los procesos electorales, lo que les desincentiva a participar (el voto que más peso tiene es el del personal docente e investigador con vinculación permanente a la universidad cuya representatividad no puede ser inferior al 51 por ciento). Conforme a este artículo de la LOSU, el peso que tenga el voto del estudiantado se podrá reducir aún más si no se alcanzan unas cotas mínimas de participación de este colectivo.
  • “A lo largo del texto, al mencionar los distintos órganos universitarios se olvidan de incluir porcentajes de participación del estudiantado, frente a otros como los consejeros sociales, que refuerzan su presencia.”. Las asociaciones estudiantiles reclaman que exista un mínimo de representación del 30% del estudiantado en los órganos de gobierno.
  • En el artículo 20.2 se define que los mandatos unipersonales durarán 6 años sin posibilidad de reelección, estancando la renovación democrática de los órganos y abriendo la puerta a que algunas generaciones de estudiantes nunca tengan la oportunidad de votar a su Rector o Rectora.

La LOU fue aprobada el 20 de diciembre de 2001 por el parlamento español, a instancia del segundo gobierno del José María Aznar (PP) (Foto: RTVE)

Otro de los puntos que más descontento ha generado entre el estudiantado es el referido a la financiación de las universidades:

  • La normativa habla de mecenazgo y patrocinio. En particular, el art. 42.3 señala que las universidades podrán suscribir convenios de colaboración empresarial en actividades de interés general que, a cambio de una contraprestación económica, podrán realizar actividades de “finalidad propia”. Las asociaciones señalan que esta “finalidad propia” debería estar claramente delimitada, a fin de evitar injerencias de instituciones privadas en el espacio universitario.

La Ley de Convivencia, aprobada ayer en el Congreso

Por su parte, la Ley de Convivencia fue aprobada ayer en el Congreso. Ahora tiene que ser ratificada por el Senado, este es el último paso que le falta para convertirse en ley. La norma pone fin al código franquista de 1954.

Principal queja sobre la Ley de Convivencia: ausencia de un marco común

Los rectores y los estudiantes, con los que se consensuó el anteproyecto, se muestran disconformes tras las enmiendas introducidas en el Congreso. Inicialmente, la norma se vertebraba en torno a la mediación, a la que otorgaba un papel privilegiado frente a los castigos para la resolución de conflictos. Establecía dos herramientas:

  • Un arbitraje informal para solucionar problemas de forma amistosa.
  • Los llamados “procedimientos de mediación”, dos órganos con representación de todos los colectivos que se reunirían para sancionar determinadas conductas.

Tras las negociaciones políticas con Esquerra, se determinó que la norma dejaría vía libre a cada campus público para gestionar la convivencia como desease, amparado en la autonomía universitaria. Sin embargo, a última hora del martes, el Gobierno acordó con el PNV que cada universidad ―sin perjuicio de sus competencias― “desarrollase” un sistema de mediación aplicable antes de o durante el procedimiento disciplinario. Las asociaciones estudiantiles siguen disconformes, pues consideran que la norma continúa impidiendo el establecimiento de un marco común para todo el sistema universitario español.

Algunos partidos políticos, como Ciudadanos, temen que, con esta libertad, los rectores catalanes no castiguen los escraches o los daños sobre el patrimonio en sus campus, donde se viven situaciones de tensión en fechas simbólicas para el independentismo.

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