Demanda de juicio ordinario en reclamación de cantidad por tarjeta de crédito «flexipago»
"La demandada, el día 10 de noviembre de 2015, formaliza con la entidad bancaria demandante un contrato de financiación módulo con tarjeta de crédito flexipago por la que la entidad bancaria ponía a disposición de la demandada la cantidad de 15.463,91€"
(Foto: E&J)
Demanda de juicio ordinario en reclamación de cantidad por tarjeta de crédito «flexipago»
"La demandada, el día 10 de noviembre de 2015, formaliza con la entidad bancaria demandante un contrato de financiación módulo con tarjeta de crédito flexipago por la que la entidad bancaria ponía a disposición de la demandada la cantidad de 15.463,91€"
(Foto: E&J)
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 22-02-2019
- Materia: Derecho Mercantil
- Especialidad: / Derecho Mercantil / Contratación / contratos / Otros contratos
- Número: 12088
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: CLÁUSULAS ABUSIVAS, Cláusulas impuestas por la parte. Condiciones generales de la contratación. Concepto, tipos y alcance de la normativa, CONTRATO DE FINANCIACIÓN, Defensa de consumidores y usuarios; cláusulas abusivas en la contratación bancaria, Estrategias en el ámbito Judicial. Oposición al procedimiento ejecutivo. Interposición del procedimiento declarativo. Ejercicio de acciones reconvencionales., RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, Reclamaciones económico-administrativas
- Documentalista: Alexandra Dubón
Documentos originales presentados
El caso
Supuesto de hecho
- Donosti, 10-11-2015
La demandada, el día 10 de noviembre de 2015, formaliza con la entidad bancaria demandante un contrato de financiación módulo con tarjeta de crédito flexipago por la que la entidad bancaria ponía a disposición de la demandada la cantidad de 15.463,91€. Para la devolución de dicho préstamo, se pactó bilateralmente, el pago de 120 cuotas mensuales de 200,10€ mensuales.
La demandada incumple con su obligación de pago, incumplimiento que la demandante responde con la interposición de una Demanda de juicio monitorio, juicio monitorio al que se opone la demandada. La parte demandante trata de llegar a un acuerdo con la demandada, siendo infructuosos todos los intentos.
Frente a la imposibilidad de alcanzar un acuerdo, la demandante interpone Demanda de juicio ordinario por la que reclama la cantidad de 15.671,30€, Demanda que es respondida por la demandada en la que a su vez y de manera simultánea interpone Demanda reconvencional alegando que la cuantía a devolver es de 12.683,01€.
Objetivo: cuestión planteada
La estrategia: solución propuesta
- Demostrar que el contrato de financiación celebrado por su representada contiene cláusulas abusivas.
- Demostrar que la cantidad a devolver es de 12.683,01€ y no 15.671.30€, mediante la interposición de una Demanda reconvencional que se encuentra simultáneamente redactada con la contestación a la Demanda de juicio ordinario de reclamación dineraria interpuesta por la demandante.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Civil
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de Primera Instancia
- Tipo de procedimiento: Procedimiento ordinario de reclamación de cantidad
- Fecha de inicio del procedimiento: 05-04-2018
Partes
Parte demandante:
- Banco S.A.
Parte demandada:
- Doña Elisa Herrero.
Peticiones realizadas
Parte demandante:
- Que se estime íntegramente la Demanda principal del procedimiento (juicio ordinario de reclamación dineraria).
- Que se condene a la demandada a abonar la cantidad de 15.671,30€ en concepto de principal, más los intereses correspondientes desde la interpelación judicial.
- Que se desestime la Demanda reconvencional, absolviendo a su cliente de las pretensiones efectuadas por la otra parte en la misma.
Parte demandada:
- Que se condene a su cliente al abono de 12.683,01€ y no a la cantidad solicitada por la parte demandante (15.671,30€).
- Que se estime la Demanda de reconvención.
- Que se declare de abusivas, y por tanto nulas, la comisión de formalización y la comisión de reclamación de posiciones deudoras.
- Que se declare nulo el contrato de seguro de protección de pagos «autorregulares» por falta de transparencia.
- Que se declare el derecho de recuperar las cantidades abonadas, que en el presente caso deberán detraerse del importe adeudado.
- Que se imponga el pago de las costas de la reconvención a la parte demandante.
Argumentos
Parte demandante:
- Alega que no ha lugar a declarar la abusividad y por tanto la nulidad de la comisión de formalización o apertura como consecuencia de que la cláusula de apertura objeto de la presente litis no tiene encaje en el supuesto legal de abusividad, previsto en el artículo 89.3 del Real decreto Legislativo 1/2007.
- En cuanto a la nulidad de la comisión por reclamación de posiciones deudoras, alega que es una cláusula penal que sustituye los intereses moratorios conforme a lo establecido en el art. 1152 CC.
- Sobre la nulidad absoluta del contrato de seguro de protección de pagos, alega que es un seguro opcional por el que la ahora demandada habría optado al marcar la casilla del Sí, entre los tres seguros opcionales.
- Alega que cumple con los requisitos de transparencia al haber expuesto a lo largo del contrato, y sobremanera en el Boletín de Adhesión al seguro, de manera clara, comprensible, resaltado, en epígrafes independientes las condiciones del seguro, teniendo el consumidor un conocimiento real de las consecuencias jurídicas y económicas del contrato.
Parte demandada:
- Alega que su clienta no aceptó en ningún momento el seguro de protección de pagos, y menciona que en ningún caso podrán cargarse comisiones o gastos por servicios no aceptados o solicitados en firme por el cliente (Circular 5/2012, del Banco de España de 27 de junio).
- En cuanto a la nulidad de la Comisión por reclamación de posiciones deudoras, alega que esta cláusula vulnera la normativa bancaria que regula las relaciones entre entidades de crédito y sus clientes, según lo previsto en la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre.
- De la ausencia del control de transparencia alega que se dan cláusulas no negociadas individualmente y que tampoco se cumple con el doble control de transparencia a los que se refieren los arts. 60.1 y 80.1 LGDCU.
- Se alega también que no se ofrecieron otras alternativas como un seguro de pago anual renovable, ni tampoco simulaciones para comprender la repercusión económica que implica el hecho de financiar una prima única.
- Alega que la cantidad adeudada y que por tanto debe devolver su cliente es de 12.683,01€, ya que a lo solicitado por la parte demandante (15.671,30€) debe restársele las cantidades que han sido abonadas por esta parte y 703,43€ en concepto de comisión de formalización, comisión de reclamación de posiciones deudoras y seguro de protección de pagos.
Normas y artículos relacionados
- Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos.
- Corrección de errores de la Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos.
- Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores
- Artículo 5. Obligaciones de transparencia en relación con los precios. Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito.
- Artículo 3. Comisiones. Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.
- Artículo 29. Modificación de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar. Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
- Artículo 80. Requisitos de las cláusulas no negociadas individualmente. , Artículo 87. Cláusulas abusivas por falta de reciprocidad. Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
- Artículo 1303. Código Civil.
- CAPÍTULO II Cláusulas abusivas , Artículo 82. Concepto de cláusulas abusivas. , Artículo 87. Cláusulas abusivas por falta de reciprocidad. , Artículo 83. Nulidad de las cláusulas abusivas y subsistencia del contrato. , Artículo 84. Autorización e inscripción de cláusulas declaradas abusivas. , Artículo 85. Cláusulas abusivas por vincular el contrato a la voluntad del empresario. , Artículo 86. Cláusulas abusivas por limitar los derechos básicos del consumidor y usuario. , Artículo 88. Cláusulas abusivas sobre garantías. , Artículo 89. Cláusulas abusivas que afectan al perfeccionamiento y ejecución del contrato. , Artículo 91. Contratos relativos a valores, instrumentos financieros y divisas. , Artículo 90. Cláusulas abusivas sobre competencia y derecho aplicable. , Artículo 60. Información previa al contrato. , Artículo 80. Requisitos de las cláusulas no negociadas individualmente. , Artículo 59. Ámbito de aplicación. , Artículo 82. Concepto de cláusulas abusivas. Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
- Artículo 7. No incorporación. LEY 7/1998, DE 13 DE ABRIL, SOBRE CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACION.
Documental aportada
Parte demandante:
- Documento 1: Escritura de poder para pleitos.
- Documento 2: Contrato original firmado por el titular.
- Documento 3: Certificado de deuda.
- Documento 4: Desglose contable.
- Documentos 5,6,7,8,9,10,11 y 12: Cartas mensuales exigiendo los pagos adeudados.
Parte demandada:
- Documento 1: Documento 2 de la demanda, contrato original firmado por el titular.
- Documento 2: Documento 4 de la demanda, es decir, el desglose contable.
- Documento 3: Documentos 5 a 12 ambos inclusive, es decir, las cartas mensuales exigiendo los pagos adeudados.
Resolución Judicial
Fecha de la resolución judicial: 22-02-2019
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
- Se estima parcialmente la Demanda interpuesta por la demandante.
- Se estima la Demanda reconvencional interpuesta por la demandada.
- Se declara nulo por abusivas las cláusulas de comunión de formalización, comisión de Reclamación de posiciones deudoras, y de contrato de seguro de protección de pagos.
- Se condenaba a la demandada a abonar a la actora reconvenida la cantidad de 12.683,01€, e intereses legales.
- Dada la estimación parcial de la Demanda interpuesta, cada parte abonará sus costas y las comunes por mitades.
- Dada la estimación integra de la Demanda reconvencional interpuesta por la demandada, se imponen las costas a la parte demandante que ha sido reconvenida.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
-
- Las cantidades reclamadas por posiciones deudoras es abusiva de conformidad con el art. 85.6 TRLGDCU, por el desequilibrio prestacional de la posición del consumidor derivado de la imposición de una indemnización desproporcionadamente alta al consumidor que no cumple con sus obligaciones y por atentar contra el principio del art 87.5 del mismo texto legal.
- Considera abusiva la imposición al consumidor de los gastos de documentación y tramitación que por la ley corresponda al empresario de acuerdo con lo dispuesto en el art. 89.3 LGDCU.
- Por los mismos motivos también se considera abusivo el contrato de protección de pagos, tanto por su objeto como por el sujeto que asegura, y por no haber sido suscrita la póliza de seguros de protección de manera voluntaria, careciendo del elemento esencial del consentimiento.
- Mismos argumentos empleados para declarar la abusividad de las cantidades reclamadas por comisión de formalización más la falta de transparencia y no cumplimiento del doble control de transparencia.
Jurisprudencia
- Tribunal Supremo, núm. 559/2015, de 27-10-2015. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69463451
- , núm. 111/2015, de 05-03-2015. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69348719
- Audiencia Provincial de Zaragoza, núm. 94/2014, de 15-04-2014. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69495070
- Juzgado de lo Mercantil, núm. 0/0, de 02-05-2013. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 2423929
- Audiencia Provincial de Islas Baleares/Illes Balears, núm. 490/2018, de 15-10-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71632201
- Juzgado de lo Mercantil, núm. 0/0, de 08-09-2011. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 2314469
- Tribunal Supremo, núm. 792/2009, de 16-12-2009. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 1237272
- , núm. 43/2013, de 28-03-2013. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 2451573
Formularios jurídicos relacionados con este caso
- Escrito demanda. Tarjeta Flexipago. Préstamo. Impago. Oposición
- Escrito contestación reconvención. Préstamo. Contratación. Cláusula. Abusividad. Transparencia
- Escrito solicitud aclaración sentencia. Omisión manifiesta. Costas. Reconvención
- Contestación demanda + demanda de reconvención. Negociación prejudicial. Consumidor. Clausula
Biblioteca
Libros
- Subrogación por pago y juicio ejecutivo basado en pólizas de contratos mercantiles y escrituras públicas.
- Guía para Consumidores del Comercio Electrónico
- Modelos de contratos internacionales
- Contratos mercantiles más frecuentes en la empresa
- Worker inteligente. Derecho Procesal Mercantil.
- Manual Práctico de Derecho Fiscal y Mercantil
Artículos jurídicos
- Cláusulas abusivas de los contratos (julio – agosto 2011)
- Aspectos jurídicos y prácticos de la revisión de cláusulas abusivas en el mercado hipotecario (II) (Febrero 2016)
- La ley 7/1998, de 13 de abril sobre condiciones generales de la contratación. Las cláusulas abusivas en los contratos de adhesión (mayo/junio 1998)
- El banco malo: dudas y repercusiones (noviembre 2012)
- La AP de Madrid unifica criterios en derecho de consumidores y usuarios de productos bancarios
- ¿Protección de los consumidores o lucha de poder entre Estados? (abril 2010)
- La posible reclamación judicial, por un consumidor, ante el incumplimiento de un código de conducta (septiembre-octubre 2010)
- Las acciones de cesación en la protección de consumidores y usuarios. Análisis de la Ley 39/2002 (junio 2003)
- Novedades de la reforma de la ley general para la defensa de los consumidores y usuarios (julio-agosto 2014)
Casos relacionados
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- Reclamación extrajudicial de cláusulas abusivas
- Contrato de préstamo mercantil. Financiación para el pago de obligaciones corrientes de una sociedad.
- PROCESO MONITORIO
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- Acción de nulidad de condiciones generales de la contratación y reclamación de cantidad. Acción de nulidad de contrato y subsidiariamente de resarcimiento de daños y perjuicios. Cláusula suelo. Cláusulas abusivas.