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Noticias Jurídicas

Estos son las razas de perros que dejarán de ser peligrosas en España

Uno de los cambios que prevé el Anteproyecto de Ley de Protección de los animales es la eliminación del listado de perros potencialmente peligrosos

(Foto: E&J)

María Fernández Abanades

Redactora de E&J




Tiempo de lectura: 4 min

Publicado




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Estos son las razas de perros que dejarán de ser peligrosas en España

Uno de los cambios que prevé el Anteproyecto de Ley de Protección de los animales es la eliminación del listado de perros potencialmente peligrosos

(Foto: E&J)



Con fecha 6 de octubre de 2021 se presentó el Anteproyecto de Ley de Protección de los animales.

Uno de los cambios más sustanciales que establece el anteproyecto es la modificación de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.  En concreto, señala que los animales de la especie canina no serán en ningún caso calificados de potencialmente peligrosos. No obstante, mediante un reglamento pueden establecerse las condiciones en que deberán manejarse, previa realización de un estudio de sociabilidad.



La ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, prevé su aprobación para este año 2022. Sin embargo, el anteproyecto de ley sigue esperando a ser debatido en el seno del Consejo de Ministros. Hasta que llegue a convertirse en ley todavía quedan muchos pasos y, además, hay algunos puntos que generan controversia.

Este anteproyecto no ha de confundirse con la Ley 17/2021 de modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales. La ley 17/2021 entró en vigor el pasado 5 de enero y reformó el Código Civil de tal modo que los animales pasaron a ser considerados “son seres vivos dotados de sensibilidad”. Se trata de una modificación independiente del anteproyecto al que nos estamos refiriendo.

Por lo que parece, de convertirse en ley el anteproyecto, se eliminaría la controversial lista de razas consideradas peligrosas. Muchos colectivos animalistas venían reclamando esta supresión desde hace años, por considerar que la vigente normativa estigmatiza determinados linajes. Argumentan que la agresividad de un perro depende de su educación y manejo.



Independientemente de las discrepancias sobre la posible eliminación de la lista, el Anteproyecto no suprime la regulación de la tenencia de perros de este tipo de razas. La mención a la “realización de un estudio de sociabilidad” parece sugerir que se estará a las características particulares del can en cada caso concreto, en lugar de catalogarlo de “potencialmente peligroso” exclusivamente en virtud de su linaje. Se desconoce por el momento cómo se desarrollaría ese mecanismo de validación del comportamiento de cada ejemplar.

Repasamos las 8 razas (y sus cruces) que actualmente son consideradas peligrosas:

  • Pitbull terrier

Pibull Terrier (Foto: E&J)

  • Staffordshire Bull Terrier

Staffordshire Bull Terrier (Foto: E&J)

  • American Staffordshire Terrier

American Staffordshire Terrier (Foto: Blog Mascota y Salud)

  • Rottweiler

Rottweiler (Foto: miscachorros.net)

  • Dogo Argentino

Dogo argentino (Foto: E&J)

  • Fila Brasileiro

Fila brasileiro (Foto: Zooplus)

  • Tosa Inu

Tosa Inu (Foto: NFNatcane)

  • Akita Inu

Akita Inu (Foto: Shun You Kesha)

A estos ejemplares habría que sumar los pertenecientes a otras ocho razas (Boxer, Doberman, Presa canario, Bullmastiff, Dogo de Burdeos, Dogo del Tíbet, Mastín napolitano y Presa mallorquín) que figuran en las diferentes regulaciones autonómicas.

También se reputan peligrosos todos aquellos canes cuyas características se correspondan con todas o la mayoría de las que figuran en el anexo II del Real Decreto 287/2002. Son las siguientes:

  1. a) Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
  2. b) Marcado carácter y gran valor.
  3. c) Pelo corto.
  4. d) Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg.
  5. e) Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
  6. f) Cuello ancho, musculoso y corto.
  7. g) Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
  8. h) Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.

La Real Sociedad Canina de España (RSCE) calcula que el número total de canes que se verían afectados por esta modificación es superior a 100.000.

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