Ejecución hipotecaria en el que se declara que los ocupantes tienen derecho a permanecer en la finca
"El inmueble en ese momento estaba arrendado a la pareja, a quien la entidad gestora pretende expulsar"
(Foto: E&J)
Ejecución hipotecaria en el que se declara que los ocupantes tienen derecho a permanecer en la finca
"El inmueble en ese momento estaba arrendado a la pareja, a quien la entidad gestora pretende expulsar"
(Foto: E&J)
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de arrendamiento urbano
- Número: 12889
- Tipo de caso: Consulta
- Voces: ARRENDAMIENTO URBANO DE VIVIENDA, EJECUCIÓN HIPOTECARIA
- Documentalista: Tareg Matala Álvarez
Documentos originales firmados por el cliente
Consulta
Supuesto de hecho: cuestión planteada
- La sociedad mercantil arrienda un inmueble sito en Tordera a una pareja el 31 de marzo de 2011.
- En el año 2019 una entidad gestora de arrendamientos urbanos inicia un procedimiento de ejecución hipotecaria sobre la sociedad propietaria del inmueble.
- El inmueble en ese momento estaba arrendado a la pareja, a quien la entidad gestora pretende expulsar.
- La pareja se opone manifestando, que ostentan título para permanecer en la finca y proponen como prueba los recibos que acreditan los pagos de renta a favor de la sociedad mercantil propietaria del inmueble.
Solución propuesta
La estrategia del abogado está destinada a demostrar que los inquilinos ostentan título para permanecer en la finca a la que se refiere el objeto del procedimiento, indicando que el mismo consiste en un contrato de arrendamiento celebrado con la sociedad mercantil. Es decir, lo que pretende es demostrar que los ocupantes tienen derecho a permanecer en el inmueble, siempre dejando a salvo las acciones que pudieran corresponder al futuro adquiriente para desalojarlos.
Normas y artículos relacionados
- Artículo 661. Comunicación de la ejecución a arrendatarios y a ocupantes de hecho. Publicidad de la situación posesoria. , Sección 6.ª De la subasta de bienes inmuebles , Sección 6.ª De la subasta de bienes inmuebles , Artículo 675. Posesión judicial y ocupantes del inmueble. Ley de Enjuiciamiento Civil.
Consejo Casos Reales
Cualquier consulta con el cliente se debe minutar, aunque siempre es aconsejable ofrecer al cliente la posibilidad de que, si finalmente se encargara el trabajo, el importe de la consulta se vería reducido de los honorarios finales.
Es necesario recordar que, aunque los honorarios de los Abogados son libres, los criterios orientadores de cada Colegio Profesional son los tenidos en cuenta para las tasaciones de costas.
Se aconseja firmar siempre la hoja de encargo profesional
Jurisprudencia
- Tribunal Supremo, núm. 379/2021, de 01-06-2021. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 72022567
- Tribunal Supremo, núm. 109/2021, de 01-03-2021. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71980077
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 395/2008, de 22-07-2008. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 284839
- Audiencia Provincial de Teruel, núm. 37/2017, de 06-04-2017. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 70399346
- Audiencia Provincial de Madrid, núm. 173/2016, de 04-05-2016. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 70264900
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 544/2018, de 25-09-2018. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71589105
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Artículos jurídicos
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- La ejecución hipotecaria y los arrendamientos de vivienda tras la reforma de la LAU de 2013 (febrero 2014)
- ¿Cuándo puede subastarse un inmueble embargado? Nulidad del procedimiento de ejecución hipotecaria y de las adjudicaciones posteriores (febrero 2005)