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(II/II) Cambios jurídicos en materia de nuevas tecnologías: lo que nos deparará el futuro

En esta segunda entrega nos vamos a centrar en aquellas iniciativas y actualizaciones legislativas que se encuentran todavía en fase inicial de desarrollo

(Foto: Universidad de la Costa CUC)

Sergio Poza Martínez

Head of IP/IT & Technology Caregiver de Youandlaw.




Tiempo de lectura: 7 min

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(II/II) Cambios jurídicos en materia de nuevas tecnologías: lo que nos deparará el futuro

En esta segunda entrega nos vamos a centrar en aquellas iniciativas y actualizaciones legislativas que se encuentran todavía en fase inicial de desarrollo

(Foto: Universidad de la Costa CUC)



Como continuación a la primera parte de este artículo publicado en la jornada de ayer sábado, en esta segunda entrega nos vamos a centrar en aquellas iniciativas y actualizaciones legislativas que se encuentran todavía en fase inicial de desarrollo. Asimismo, intentaremos mirar un poco más allá para ver lo que podríamos esperar en un futuro quizá no tan lejano

Futuras modificaciones a medio-largo plazo

Si miramos a los posibles cambios legales en los que se está trabajando, observamos que, especialmente a nivel de la Unión Europea, se preparan una serie de iniciativas que aún se encuentran en un nivel embrionario, en relación con materias como criptoactivos o mercados y servicios digitales, así como actualizaciones normativas en materias como identificación electrónica, protección de datos o ciberseguridad.



Por no alargar excesivamente este artículo, daremos simplemente unas pinceladas sobre algunos de los trabajos que se han puesto en marcha de forma más o menos reciente

  • Reglamento de Mercados Digitales y Reglamento de Servicios Digitales

La Comisión Europea quiere realizar una reforma y homogeneizar la normativa que rige los servicios digitales en la UE. Para ello ha lanzado dos propuestas de sendos reglamentos: el Reglamento de Mercados Digitales (también conocido como Ley de Mercados Digitales o DMA, en sus siglas en inglés) y el Reglamento de Servicios Digitales (también conocido como Ley de Servicios Digitales o DSA). Ambas propuestas están interconectadas y pretenden conformar un paquete único aplicable en toda la UE con una finalidad común: crear un espacio digital único europeo más seguro y abierto.



Propuesta de Reglamento de Mercados Digitales (Ley de Mercados Digitales o DMA)



La propuesta de la Comisión pretende crear un nuevo régimen regulatorio con el punto de mira puesto en las grandes plataformas digitales y, muy en particular, en aquellas que se constituyen como plataformas en línea con control de acceso (gatekeepers), esto es, aquellas que funcionan como cuellos de botella entre las empresas y los consumidores para servicios digitales de gran importancia. Estos gatekeepers tendrán que cumplir con una serie de obligaciones específicas.

«Una de las novedades más importantes será una clasificación de los sistemas IA enfocada al riesgo». (Foto: ESAN)

De acuerdo con la propuesta, se presumirá que dichas empresas actúan como gatekeepers siempre que cumplan con lo siguiente:

– Tener una facturación de al menos 6.500 millones de euros en los tres últimos ejercicios o una capitalización bursátil media de al menos 65.000 millones en el último ejercicio;

– Tener más de 45 millones de usuarios mensuales activos y/o más de 10.000 usuarios empresariales anuales activos en la UE; y

Asimismo, si cumplen con los dos anteriores criterios en cada uno de los último tres ejercicios, se presumirá que la empresa tiene una posición consolidada en el mercado.

Reglamento de Servicios Digitales (Ley de Servicios Digitales o DSA)

Esta propuesta tiene la intención de actualizar las normas que definen las responsabilidades y obligaciones de los prestadores de servicios digitales, así como reforzar la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos europeos, amparar la eliminación de productos, servicios y contenidos ilícitos de Internet y promover la competencia entre plataformas digitales, permitiendo el desarrollo de aquellas con menor tamaño.

  • Inteligencia artificial. Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (“Ley de inteligencia artificial”) y se modifican determinados actos legislativos de la unión

El 21 de abril de 2021 la Comisión Europea propuso un nuevo Reglamento mediante el cual se establezcan: (i) normas armonizadas en materia de inteligencia artificial; (ii) prohibición de ciertas prácticas de inteligencia artificial; (iii) requisitos específicos para los sistemas de IA de alto riesgo; y (iv) normas armonizadas de transparencia aplicables a los sistemas de IA destinados a interactuar con personas físicas.

El Reglamento será de aplicación para: (i) los proveedores que introduzcan en el mercado UE o pongan en servicio sistemas de IA; (ii) los usuarios de sistemas de IA que se encuentren en la UE; y (iii) los proveedores y usuarios de sistemas de IA que se encuentren en un tercer país, cuando la información de salida generada por el sistema se utilice en la Unión.

Los objetivos específicos que quiere conseguir la Comisión Europea mediante este Reglamente son:

– Garantizar que los sistemas de IA sean seguros y respeten la legislación vigente en materia de derechos fundamentales;

– Garantizar la seguridad jurídica para facilitar la inversión e innovación en IA;

– Desarrollar un mercado único y evitar su fragmentación.

Asimismo, una de las novedades más importantes será una clasificación de los sistemas IA enfocada al riesgo, estableciendo criterios para determinar qué sistemas pueden entrañar riesgos significativos.

  • Reglamento IDAS 2

La UE continua con el proceso de revisión del proyecto de identidad digital mediante una iniciativa para modificar el Reglamento (UE) 910/2014 (Reglamento IDAS).

«El Reglamento DORA deberá mejorar y racionalizar la gestión de los riesgos TIC». (Foto: Whatsnew)

Una de las novedades que podría traer este proyecto sería la regulación de una cartera de identidad digital europea y del libro mayor electrónico.

  • Reglamento MiCA

Dese hace algunos años en el seno de la UE se trabaja en Reglamento relativo a los mercados de criptoactivos. Desde el año pasado existe una propuesta de Reglamento elaborada por la Comisión y conocida por sus siglas en inglés: MiCA (markets in crypto-assets), que está siendo ya objeto del proceso de enmiendas por el Parlamento Europeo.

La entrada en vigor de la propuesta del Reglamento MiCA no se espera en ningún caso para antes del 2024

Los principales objetivos del Reglamento MiCA son:

– Otorgar seguridad jurídica a la regulación de los criptoactivos y ofrecer un marco jurídico uniforme en toda la UE que se ocupe de todos aquellos criptoactivos que aún no están regulados.

– Proteger a los consumidores y usuarios que hagan uso de criptoactivos

– No suponer un obstáculo a la innovación en la materia y

– Asegurar la estabilidad del sistema financiero

  • Reglamento DORA

En paralelo al Reglamento MiCA, las instituciones europeas se hallan tramitando el Reglamento sobre la resiliencia operativa digital del sector financiero, también llamado Reglamento DORA.

Esta propuesta de Reglamento también forma parte del paquete de finanzas digitales y tiene por objeto establecer un marco detallado y exhaustivo que permita mejorar la resiliencia operativa digital de las entidades financieras de la UE.

De acuerdo con el propio texto de la propuesta, el Reglamento DORA deberá mejorar y racionalizar la gestión de los riesgos TIC por parte de las entidades financieras, establecerá pruebas exhaustivas de los sistemas TIC, aumentará la concienciación de los supervisores sobre los riesgos y los incidentes cibernéticos y facultará a los supervisores financieros para supervisar los riesgos derivados de la dependencia de terceros proveedores de servicios.

¿Algo más?

Por último, queremos identificar un par de ámbitos que, en nuestra opinión, antes o después van a atraer la atención del legislador y en los que intuimos que acabarán llegando iniciativas que trastocarán el marco jurídico aplicable.

  • E-sports

Los e-sports se han convertido en la apuesta segura de muchos agentes que actúan como analistas, jugadores, publishers, etc., debido al potencial de este sector como entretenimiento de masas.

No obstante, tanto en España como a nivel UE, sigue sin existir normativa específica y adaptada, pese a que ya existen países que han apostado por una regulación definida para los e-sports como Corea del Sur y Francia.

Lo anterior resulta sorprendente cuando los e-sport tienen un gran impacto económico y social dentro de la sociedad, siendo España uno de los países con más consumo de videojuegos de Europa.

«Los e-sport tienen un gran impacto económico y social dentro de la sociedad»(Foto: Nobbot)

Los e-sports presentan determinadas cuestiones que, quizá, deberían ser reguladas por una normativa específica, ya que, conforme evoluciona el sector, se van encontrando diferentes problemas legales que podrían solucionarse con la creación de un marco jurídico adecuado, por ejemplo, respecto de la relación laboral con los jugadores, pues muchos de ellos son menores de edad.

Además se suma a todo ello la reforma laboral que ha modificado la normativa laboral en lo que respecta a los tradicionales contratos temporales de obra, interinidad y eventual, abriendo un nuevo paradigma en la contratación de duración determinada que muchas empresas utilizaban para la contratación de los jugadores, debido a los continuos cambios dentro de los diferentes clubs de e-sports, dónde los contratos indefinidos quedaban reservados sólo para jugadores con la intención de quedarse a largo plazo.

  • Metaverso

El metaverso es un concepto acuñado por la literatura de ciencia ficción que se podría definir como aquella combinación del entorno físico con el entorno digital donde las personas son capaces de interactuar y realizar acciones en un mundo totalmente virtual.

Facebook ya ha anunciado la comercialización de la primera generación de sus gafas inteligentes

Este mundo ha tenido un gran auge durante el año pasado gracias a la intervención de Facebook. La compañía de Mark Zuckerberg (ahora llamada “Meta”), tiene la intención de crear un nuevo universo virtual para que sus usuarios puedan hacer una vida digital parecida a la que tienen en el mundo “real”. Algo así como extrapolar el juego online “Second Life” pero haciendo posible una experiencia más inmersiva en el mundo virtual gracias al hardware creado, por ejemplo, mediante unas gafas de realidad aumentada.

Si bien para que se materialice esta idea totalmente deberán transcurrir varios años, Facebook ya ha anunciado la comercialización de la primera generación de sus gafas inteligentes que, si su intención es que puedan comercializarse en la UE, deberán tener en cuenta lo señalado por el Supervisor Europeo de Protección de Datos con respecto a algunos aspectos básicos como, a modo de mero ejemplo, la obligación de añadir un botón de apagado/encendido en las gafas para asegurar la protección del usuario. Y esto es solo el principio.

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