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Jurisprudencia

Jueza esquiva aplicar el criterio sentado por el Supremo y anula el IRPH

La Juzgadora reconoce que sobre la cuestión aquí debatida “existe un indudable debate jurídico”

(Foto: El Periódico)

Javier Izaguirre Fernández

Redactor de Economist & Jurist.




Tiempo de lectura: 6 min

Publicado




Jurisprudencia

Jueza esquiva aplicar el criterio sentado por el Supremo y anula el IRPH

La Juzgadora reconoce que sobre la cuestión aquí debatida “existe un indudable debate jurídico”

(Foto: El Periódico)



Pese a que a nuestro Alto Tribunal ratificó recientemente la legalidad del polémico índice de referencia mediante sus SSTS de 27 de enero, el Juzgado de Primera Instancia n.º 7 BIS de Pamplona, a través de su sentencia de 2 de marzo de 2022, ha declarado la nulidad de la cláusula IRPH contenida en un préstamo hipotecario suscrito por unos consumidores en mayo del 2000 con CaixaBank.

No supera ni el control de incorporación, ni el de transparencia real ni el de abusividad



La Jueza Sustituta en funciones de refuerzo manifiesta que “no seguirá el criterio sentado por el Tribunal Supremo” y muestra su conformidad con los argumentos esgrimidos por el Magistrado Francisco Javier Arroyo Fiestas en su voto particular de las SSTS de noviembre de 2020.



Ponemos en contexto

Los demandantes ejercitaron una acción de nulidad de condiciones generales de la contratación respecto a dos estipulaciones contenidas en el contrato de préstamo con garantía hipotecaria suscrito en mayo del 2000, habiendo intervenido como entidad prestataria la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Navarra, hoy CaixaBank.

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