Juicio ordinario accionando impago de cuotas de un préstamo
"Debido al impago de las 13 últimas cuotas la entidad bancaria el 7 de julio de 2018 se lleva a cabo la resolución del contrato"
(Foto: E&J)
Juicio ordinario accionando impago de cuotas de un préstamo
"Debido al impago de las 13 últimas cuotas la entidad bancaria el 7 de julio de 2018 se lleva a cabo la resolución del contrato"
(Foto: E&J)
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 20-11-2019
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de préstamo
- Número: 13255
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: CONTRATO DE PRÉSTAMO MERCANTIL, Efectos entre deudor y fiador, El contrato de préstamo bancario, PRÉSTAMO
- Documentalista: Clara Vidal Marciel
Documentos originales presentados
El caso
Supuesto de hecho
- Lleida, 05-12-2016
En fecha 5 de diciembre de 2016, se celebra un contrato de préstamo entre la parte demandante, entidad bancaria, y la parte demandada, fiador y prestatario. Debido al impago de las 13 últimas cuotas la entidad bancaria el 7 de julio de 2018 se lleva a cabo la resolución del contrato. Tras la resolución del contrato la entidad bancaria intentó reclamar extrajudicialmente la cantidad debida sin contestación de la parte contraria. El 17 de enero de 2019 la entidad bancaria impone Demanda de juicio ordinario.
Objetivo: cuestión planteada
El objetivo del demandante es el pago por parte de la parte demandada de 17.845,88 € además de los intereses legales devengados.
La estrategia: solución propuesta
La parte actora pretende conseguir sus objetivos estableciendo la mora del demandado y la obligación del fiador de pagar las cuotas impagadas.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Civil
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de Primera Instancia
- Tipo de procedimiento: Procedimiento ordinario
- Fecha de inicio del procedimiento: 17-01-2019
Partes
Demandante:
- Entidad bancaria
Demandado:
- Prestatario
- Fiador
Peticiones realizadas
Demandante:
- Reclamación del importe de 17.845.88 €, más los intereses legales devengados
- Imposición de costas a la parte contraria
Demandado:
- Desestime la demanda imponiendo a la parte demandante el pago de las costas
- Declare la nulidad de la cláusula de afianzamiento del contrato de préstamo.
Argumentos
Demandante:
- La cláusula de afianzamiento solidario no supone un desequilibrio de prestaciones ya que la parte fiadora fue debidamente informada.
- La parte actora reclamó extrajudicialmente
- El Sr. V. está obligado al pago de la deuda contraída por el prestatario
Demadado:
- Nulidad de la cláusula de garantía o fianza, en cuanto a su carácter solidario, por falta de transparencia.
Normas y artículos relacionados
- Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores
- Artículo 1100. , Artículo 1822. , Artículo 1278. , Artículo 1101. , Artículo 1108. , Artículo 1830. Código Civil.
- Artículo 80. Requisitos de las cláusulas no negociadas individualmente. , Artículo 88. Cláusulas abusivas sobre garantías. , Artículo 86. Cláusulas abusivas por limitar los derechos básicos del consumidor y usuario. Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Prueba
- Contrato de préstamo
- Contrato de trabajo indefinido
- 5 nóminas del año 2016
- Irpf 2014
- Certificado de deuda
- Burofax
- Escrito carencia bienes inmuebles
- Carta del banco
Estructura procesal
Resolución Judicial
- Fecha de la resolución judicial: 20-11-2019
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
El juzgado desestima la demanda principal y absuelve a la parte demandada de todos los pedimentos del escrito de demanda. Condena a la parte demandante el pago de las costas.
Estima la Demanda reconvencional interpuesta y declara nula la cláusula de afianzamiento del contrato de préstamo suscrito entre las partes.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
La cláusula enjuiciada redactada de manera menos clara y explicativa que la analizada supra y que impone con la expresión «fianza solidaria» una renuncia a todos los derechos con que el fiador cuenta supone una cláusula absolutamente desproporcionada y adolece de falta de claridad y transparencia, es decir, podría ser declarada abusiva por cualquiera de los dos motivos. El consumidor desconocía lo que significaba los beneficios de división, excusión y orden y en qué afectan al fiador. Éste se ve abocado a firmar una cláusula de contenido muy limitado y con un simple término, “solidario”, se ve obligado a renunciar a todos los derechos con los que cuenta el fiador, siendo que esa redacción no da siquiera la opción de conocer que pueden llegar a tenerse y, si se quiere no renunciar a los mismos.
Jurisprudencia
- Tribunal de Justicia de la Unión Europea, núm. 125/2018, de 03-03-2020. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71669444
- Tribunal de Justicia de la Unión Europea, núm. 26/13, de 30-04-2014. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71125610
- Tribunal de Justicia de la Unión Europea, núm. 621/2017, de 03-10-2019. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71509439
Formularios jurídicos relacionados con este caso
Biblioteca
Libros
Artículos jurídicos
- De marcas, consumidores y marketing en época de crisis (junio 2009)
- Ejecuciones hipotecarias y no consumidores (julio-agosto 2013)
- ¿Protección de los consumidores o lucha de poder entre Estados? (abril 2010)
- Consumidores y usuarios: sepamos nuestros derechos cuando adquirimos bienes de naturaleza duradera (octubre 2008)
Casos relacionados
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