Extranjería: situación de arraigo
Extranjería: situación de arraigo
El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)
El concepto de arraigo ha sido jurisprudencialmente tratado y reconducido a sus justos términos; dicho concepto hay que entenderlo como los vínculos que unen al extranjero con el lugar en que resida ya sean de tipo económico, social, familiar, laboral, académico o de otro tipo y que sean relevantes para apreciar el interés del recurrente en residir en el país y determinen la prevalencia de tal interés particular para la concesión del permiso de residencia temporal solicitado.
Así, documentos que carecen de valor probatorio a efectos del arraigo: certificado de Ayuntamiento, escrito de Cáritas y certificado de agencias de viajes.
La oferta de empleo, cuya eficacia y validez no se ha cuestionado sí es válida.
Sentencia del Tribunal Supremo, sala de lo Contencioso administrativo, de 12 de mayo de 2008, nº recurso 7311/2004. Ponente Don Mariano de Oro-Pulido López. A FAVOR DE: EXTRANJERO. , marginal 298271.