Acción de nulidad contractual por usura
"Durante varios años la parte demandante ha estado realizando disposiciones a cargo de dicho crédito y la entidad decidió incrementar de forma unilateral el saldo disponible en diversas ocasiones"
(Foto: E&J)
Acción de nulidad contractual por usura
"Durante varios años la parte demandante ha estado realizando disposiciones a cargo de dicho crédito y la entidad decidió incrementar de forma unilateral el saldo disponible en diversas ocasiones"
(Foto: E&J)
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 26-11-2021
- Materia: Derecho Civil
- Especialidad: / Derecho Civil / Obligaciones y contratos / Contrato de préstamo
- Número: 13378
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: Consumidores, Consumidores y usuarios, Contratos bancarios
- Clara Vidal Marciel
Documentos originales presentados
El caso
Supuesto de hecho
- San Sebastián, 07-02-2012
El 7 de febrero de 2012 suscribieron las partes un contrato de adhesión denominado contrato de crédito con tarjeta y préstamo mercantil con un límite de crédito autorizado de 1800€, modalidad de pago cuota fija de 100€ al mes y duración de un año prorrogable tácitamente.
La contratación se llevó a cabo con el demandado, a través de un empleado de un comercio sin más información que la dada por el operador telefónico y consiste en que esta tarjeta puede hacer compras y disponer de dinero en cajeros sin gasto alguno y cargándose los importes en su cuenta bancaria posteriormente en cómodos plazos.
Durante varios años la parte demandante ha estado realizando disposiciones a cargo de dicho crédito y la entidad decidió incrementar de forma unilateral el saldo disponible en diversas ocasiones, sin realizar ningún estudio de la capacidad de pago de la actora.
Objetivo: cuestión planteada
La estrategia: solución propuesta
La estrategia jurídica de la abogada se centró en demostrar la naturaleza usurera del contrato objeto del litigio, a fin de conseguir una nulidad contractual con los efectos inherentes. Con carácter subsidiario, sostuvo la pretensión declarativa de nulidad por la vía de la consideración de determinadas cláusulas como condiciones generales de la contratación contratadas por consumidor.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Civil
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de primera instancia e instrucción
- Tipo de procedimiento: Procedimiento Ordinario
- Fecha de inicio del procedimiento: 29-09-2020
Partes
Demandante:
- Consumidor
Demandado:
- Mercantil
- Entidad bancaria
Peticiones realizadas
Demandante:
- La nulidad radical absoluta y originaria del contrato de crédito por ususra, con los efectos inherentes.
- Con carácter subsidiario a lo anterior:
- Nulidad absoluta de la cláusula de intereses remuneratorios, comisión de pena convencional y seguro
- Nulidad de la cláusula 12 del contrato sobre modificaciones del contrato unilaterales
- Condena de las costas a la parte demandada
Demandada:
- Desestimación de la Demanda
Argumentos
Demandante:
- Sistema altamente perjudicial para el cliente ya que cada mes del importe total de la cuota se destina a amortización de capital un mínimo que hace que la devolución del crédito pueda resultar perpetua.
- Interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso.
- Falta de transparencia de la cláusula al no ofrecer al consumidor un conocimiento real y razonable completo. No se le ofreció información para que comprobase ofertas similares o más adecuadas.
- La falta de transparencia viene determinada por la falta de claridad en la redacción, por el incumplimiento de las normas imperativas respecto de la información necesaria previa y durante la contratación.
- Modelo predefinido por la mercantil con letra de pequeño tamaño y en el que se incluye el tipo interés notablemente superior al normal del dinero junto con otras condiciones económicas en un anexo.
Demandada:
- Las cláusulas no carecen de transparencia ni colocan a la actora en una posición de desequilibrio
- Cláusulas válidamente incorporadas al contrato
- No hay usura
Normas y artículos relacionados
Prueba
Documental
- Copia del contrato
- Bloque documental con extractos mensuales informativos
- Extracto del Cuadro 19.4 de BDE
- Reclamación extrajudicial y prueba de entrega
- Dictamen emitido por empresa
Estructura procesal
Resolución Judicial
- Fecha de la resolución judicial: 26-11-2021
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
Se estíma íntegramente la Demanda y se declara la nulidad del contrato de tarjeta revolving suscrito entre las partes y sus ulteriores modificaciones, por usurario, quedando obligado el demandante a devolver el total del capital dispuesto en concepto de principal y la entidad financiera obligada a reintegrar al demandante las cantidades que excedan del capital prestado.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
El artículo 1 de la ley de 23 de julio de 1908 sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios, mantiene que es nulo todo contrato de préstamo en el que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación, angustiosa inexperiencia o limitaciones de facultades mentales.
El tipo remuneratorio real aplicado al contrato inicialmente es del 27,57%, en la misma fecha de la celebración de contrato la media ponderada de los tipos de interés aplicados al crédito al consumo era del 7,73%, y el aplicado a tarjetas de crédito de pago aplazado era del 20,37%.
El tipo de interés es notablemente superior al tipo normal del mercado y debido a la falta de prueba presentada por la demandada que argumente la necesidad de elevar el precio del negocio jurídico, inexperiencia de la parte actora y el modelo predefinido por la mercantil de forma individual con letra pequeña; se establece un contrato de préstamo usurario.
Fundamentando el carácter usurario de los intereses remuneratorios se declara el carácter abusivo de estos (Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de diciembre de 2014) y por tanto la nulidad del contrato de tarjeta revolving (artículo 3 de la Ley de Represión de la Usura) y sus ulteriores modificaciones, obligando a la demandada a reintegrar las cantidades que haya percibido en exceso y a la actora la devolución del total del capital dispuesto en concepto de principal.
Jurisprudencia
- Audiencia Provincial de Madrid, núm. 352/2014, de 23-12-2014. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69260771
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 185/2019, de 04-10-2019. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71486624
- Audiencia Provincial de Tarragona, núm. 233/2019, de 04-11-2019. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71496500
- Audiencia Provincial de Pontevedra, núm. 283/2019, de 10-07-2019. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71466661
Formularios jurídicos relacionados con este caso
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Libros
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