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La figura del facilitador en los procesos judiciales

Tiene la función de que exista comunicación eficaz e igualdad de condiciones para discapacitados

(Foto: E&J)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 3 min

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La figura del facilitador en los procesos judiciales

Tiene la función de que exista comunicación eficaz e igualdad de condiciones para discapacitados

(Foto: E&J)



En el proceso de integración de las personas con discapacidad en el ámbito jurídico, el facilitador se presenta como un elemento imprescindible para asegurar la equidad de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, ya que, les ayuda a conocer sus capacidades para declarar y determina los apoyos necesarios que debe tener.



El acceso a la justicia de las personas con discapacidad intelectual y del desarrollo en igual de condiciones está recogido en el Artículo 12 de la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas.

Un informe presentado en octubre de 2020 por la Junta Directiva de Plena Inclusión España sirvió como punto de partida para que la figura del facilitador siguiera desarrollándose en nuestro país que, hasta entonces, no existía ningún documento que concretase las características y cometidos de este profesional.

Qué es un facilitador

La figura del facilitador se plantea como una vía para que el acceso a la justicia se realice en condiciones de igualdad para las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo con respecto al resto de ciudadanos. Trabaja con el personal del sistema de justicia y personas con discapacidades para asegurar que exista una comunicación eficaz durante los procedimientos judiciales.



«El facilitador se presenta como un elemento imprescindible para asegurar la equidad de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo» (Foto: E&J)

Su función es apoyar a las personas con discapacidades para que comprendan y tomen decisiones informadas, asegurándose de que las cosas se expliquen y se hablen de manera que puedan entenderlas y, de igual modo, que se proporcionen los ajustes y el apoyo adecuados.

Como declaró en la jornada de presentación del informe La facilitación del acceso a la justicia, la coordinadora del Grupo de Trabajo de Discapacidad del Consejo General de la Abogacía Española, Eva Ribó, este profesional “actúa como puente comunicativo entre el operador jurídico y la persona con discapacidad intelectual y, por tanto, es clave para garantizar su derecho a la tutela judicial efectiva”.

Los intermediarios son neutrales y no hablan en nombre de las personas con discapacidad ni del sistema de justicia, ni dirigen o influyen en las decisiones o resultados. El único objetivo que les mueve en su trabajo es lograr que las personas con este tipo de discapacidad ejerzan su derecho de acceso a la justicia en igual de condiciones.

Quién lo puede solicitar

La figura del profesional experto facilitador está reconocida en la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. Se reconoce que, en los procesos que participen personas con discapacidad, se deben realizar las adaptaciones y ajustes que sean necesarios para garantizar su participación en igualdad de condiciones que el resto de los ciudadanos.

«Esta figura no forma parte de la defensa ni de la acusación» (Foto: E&J)

En un proceso judicial, son varias las personas que pueden pedir que intervenga un facilitador en él. Pues en cualquier proceso legal pueden apelar a su servicio todos los participantes de este, ya sean directos como indirectos, y no sólo las víctimas, también los acusados.

Pueden pedirlo los abogados, así como la misma persona que tiene la discapacidad. También tienen derecho a auxiliar esta figura: los jueces, los servicios policiales, el Ministerio Fiscal y los servicios de asistencia a víctimas. Pero es importante que, quien solicite la asistencia de un facilitador tenga claro cuales son las funciones y la razón de su existir pues, no hay que confundir el papel que juega un facilitador con el de otros perfiles que participan en el proceso.

Esta figura no forma parte de la defensa ni de la acusación, simplemente es un profesional que ejerce un rol independiente. Tampoco es un acompañante, ni un terapeuta, un intérprete, un perito ni un médico o psicólogo forense.

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