«Recurso´´ de Revisión: una Sentencia posterior no es un documento decisivo a efectos de motivar la revisión de una sentencia firme.
«Recurso´´ de Revisión: una Sentencia posterior no es un documento decisivo a efectos de motivar la revisión de una sentencia firme.
El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)
En el presente caso el Tribunal Supremo desestima el recurso de revisión de sentencia firme; frente a las alegaciones del demandante-apelante, la Sala señala que sin perjuicio de que la acción estaría caducada, una sentencia posterior no es un documento decisivo a los efectos de motivar la revisión de una sentencia firme, añadiendo que, en todo caso, sería necesario que el documento decisivo existiera ya durante la pendencia del proceso cuya sentencia se pretende rescindir.
Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, de 25 de enero de 2005, nº 86/2005. Ponente Don Clemente Auger Liñan. A FAVOR DE: MINISTERIO FISCAL. Base de datos Economist & Jurist, marginal 211938.