Trabajadora que padece fibromialgia
Trabajadora que padece fibromialgia
El Congreso se estructuró en varias mesas redondas que abordaron temas cruciales para el arbitraje. (Imagen: ICAB)
El Juzgado de lo Social ha concedido a una trabajadora, enfermera de profesión,la invalidez permanente derivada de enfermedad profesional por padecer fibromialgia o el llamado «síndrome de fatiga crónica´´, que le impedía realizar su actividad laboral.
El Juzgado de lo Social ha basado su decisión en lo previsto en el artículo 136.1 de la Ley General de la Seguridad Social, en cuanto determina que la invalidez permanente es aquella situación en que se encuentra el trabajador que presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, que sean susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas y al tratarse de una incapacidad profesional, es obligado que aquéllas disminuyan o anulen la capacidad laboral, siendo absoluta la que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social decidió, en noviembre de 2002, demorar la calificación de incapacidad permanente de la trabajadora, a pesar de que ésta recibió la baja médica por enfermedad común con el diagnóstico de «síndrome de fatiga crónica» en noviembre de 1999 y fue objeto de un informe médico en julio de 2002, el cual afirmaba que el síndrome derivaba de enfermedad profesional, impidiéndole sus dolencias realizar su actividad laboral habitual de enfermera.
Así, según este informe, la implicada no podía llevar a cabo ningún tipo de actividad laboral al presentar, entre otras dolencias: pérdida de memoria, trastornos visuales e insomnio, debilidad muscular y disminución de la volición, síntomas comunes de la fatiga crónica.
La Sentencia, que es pionera en la consideración de la fatiga crónica como enfermedad laboral, también establece que la enfermera, tiene derecho a recibir el 100% de su base reguladora, con efectos retroactivos desde el 9 de octubre de 2002, las revalorizaciones y mejoras que le correspondan.