La previsión de las SICAVs en la nueva ley de prevención y lucha contra el fraude fiscal
"Estas modificaciones han supuesto un golpe de gracia a la maltrecha situación de las SICAVs"
![](https://www.economistjurist.es/wp-content/uploads/sites/2/2022/06/central-bank-of-spain-neoclassical-and-modernist-building-of-the-early-nineteenth-century-madrid.jpg)
Edificio del Banco de España (Foto: E&J)
La previsión de las SICAVs en la nueva ley de prevención y lucha contra el fraude fiscal
"Estas modificaciones han supuesto un golpe de gracia a la maltrecha situación de las SICAVs"
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Edificio del Banco de España (Foto: E&J)
La Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal (en adelante “Ley 11/2021 de Medidas de Lucha Contra el Fraude Fiscal”), introdujo importantes modificaciones en el régimen tributario establecido en la Ley 27/2014 de 27 de Noviembre de del Impuesto sobre Sociedades (en adelante “LIS”) para las Sociedades de Inversión Colectiva de Capital Variable reguladas por la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, usualmente denominadas por su siglas “SICAVs”.
Así la mencionada Ley 11/2021 de Medidas de Lucha Contra el Fraude Fiscal, modificó el Artículo 29.4. a. de la LIS, introduciendo nuevos requisitos para la aplicación del tipo de gravamen del 1%, al exigir que estas deben tener el número mínimo de accionistas establecido en el Artículo 9.2 de la citada la Ley 35/2003, de Instituciones de Inversión Colectiva, esto es al menos 100 accionistas,
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