Deducción de base imponible en IRPF
Deducción de base imponible en IRPF
El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)
La discrepancia entre la parte actora y la Administración Tributaria se centra en el pago en especie consistente en la compra, por el recurrente, de un piso en Barcelona, con la finalidad de adjudicárselo a su ex-esposa en concepto de pensión compensatoria, cumpliendo así con la estipulación quinta del Convenio regulador.
Pues bien, en relación con esta prestación en especie, la Administración Tributaria alega la falta de justificación del pago de las correspondientes cantidades por la compra del piso, que la actora sostiene haber satisfecho. No obstante, en vía jurisdiccional, el recurrente aporta certificación de una entidad bancaria en la que se relacionan una serie de cantidades satisfechas durante el ejercicio de 1996, y que corresponden a «los pagos ordinarios del préstamo hipotecario concedido por esta entidad para la adquisición de la vivienda».
En base a ello, el fallo entiende acreditada la satisfacción, durante el ejercicio de 1996, de la pensión compensatoria por la prestación en especie de la compra del piso. Por tanto, la Sala estima el presente recurso contencioso-administrativo, debiendo declararse la nulidad de la liquidación correspondiente al ejercicio citado y practicarse una nueva.