200 funcionarios podrían perder su plaza contraviniendo el criterio del Supremo
Las bases de las convocatorias públicas incumplían la doctrina fijada por el TS al incluir la entrevista como prueba eliminatoria en la fase de la oposición
Un funcionario del Juzgado de Primera Instancia n.º 9 de Granada, que es el órgano especializado en cláusulas suelo, rodeado de expedientes. (Foto: Ramón L. Pérez/IDEAL)
200 funcionarios podrían perder su plaza contraviniendo el criterio del Supremo
Las bases de las convocatorias públicas incumplían la doctrina fijada por el TS al incluir la entrevista como prueba eliminatoria en la fase de la oposición
Un funcionario del Juzgado de Primera Instancia n.º 9 de Granada, que es el órgano especializado en cláusulas suelo, rodeado de expedientes. (Foto: Ramón L. Pérez/IDEAL)
Los Ministerios de Turismo, Agricultura, Justicia y Economía han ido sacando a concurso cientos de plazas públicas desde el año 2020 hasta la actualidad, pese a que las bases de estas son contrarias a la doctrina fijada por el Tribunal Supremo (TS).
Este hecho podría convertirse en un verdadero problema para algunos funcionarios que ya tienen adjudicada su plaza y que podrían perderla.
El dilema reside en que, en la fase de oposición hay incluida una entrevista personal con carácter eliminatorio, cuando lo correcto sería que dicha entrevista se realizase en la fase de concurso y sin que tuviera valor excluyente para los candidatos, como determinó el Alto Tribunal en la sentencia 1290/2020, por lo que la actuación del Gobierno se encontraría en contradicción con la doctrina fijada por el TS.
En dicha sentencia de 2020, recientemente mencionada, se declaró que, “la entrevista como elemento esencial del proceso selectivo no resulta coherente con la finalidad de la fase de oposición de un procedimiento selectivo configurado como concurso oposición”, sin que sea coherente su inserción en la fase de oposición de pruebas de evaluación de conocimientos o capacidad, ya que por su significado y alcance este tipo de prueba es propia de la fase de concurso de méritos.
La entrevista carece de valor selectivo
Esto significa que, en el caso de que las bases sean declaradas nulas, el Gobierno se verá en la obligación de anular todas las convocatorias previstas hasta que las bases sean modificadas y también tendrá la obligación de anular las plazas que han sido adjudicadas durante estos dos años si el poder judicial lo considera pertinente.
En ese supuesto, las bases serían recurridas y todo el proceso selectivo debería comenzar de nuevo. Es decir, los funcionarios que obtuvieron las plazas las perderían y se verían en la necesidad de presentarse de nuevo a las convocatorias para poder optar a recuperar su plaza.
La entrevista está configurada de tal manera que, se convierte en una herramienta determinante para la adjudicación de la plaza pues, en el caso de que hubiera un empate entre quienes optan a la plaza, el orden de selección se establecerá en base a la puntuación obtenida en la fase de oposición y, en segundo lugar, teniendo en cuenta la puntuación obtenida en la entrevista.
Según señala The Objetive, sindicatos que han judicializado varias causas desde que en el año 2020 empezaran a adjudicarse plazas, han contabilizado que “han ocupado unas 200 plazas contrarias a la ley, muchas de ellas ya resueltas y ocupadas por un candidato”.