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Jurisprudencia

El TS recuerda que la custodia compartida no implica la extinción automática de la pensión de alimentos

La Sala Primera reestablece la pensión de alimentos suprimida en segunda instancia

(Foto: E&J)

Javier Izaguirre Fernández

Redactor de Economist & Jurist.




Tiempo de lectura: 3 min



Jurisprudencia

El TS recuerda que la custodia compartida no implica la extinción automática de la pensión de alimentos

La Sala Primera reestablece la pensión de alimentos suprimida en segunda instancia

(Foto: E&J)



La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha reestablecido la obligación de que un padre abone la pensión de alimentos en beneficio de su hija menor de edad a pesar de que, en segunda instancia, se suprimió tal cometido al instaurarse un régimen de custodia compartida.

La sentencia, de 16 de septiembre de 2022, recalca que la “estancia paritaria de los menores en el domicilio de cada progenitor no exime del pago de los alimentos, cuando exista desproporción entre los ingresos de ambos cónyuges, ya que la cuantía de los alimentos es proporcional a las necesidades del que los recibe, pero también al caudal o medios de quien los da”.



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