ACCIDENTE DE CIRCULACION: IMPRUDENCIA GRAVE.
ACCIDENTE DE CIRCULACION: IMPRUDENCIA GRAVE.
El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)
La sentencia que ahora nos ocupa realiza consideraciones muy interesantes sobre la imprudencia grave al tiempo que desgrana todos y cada uno de sus elementos. Desde una perspectiva procesal afirma también que resulta incongruente, ilógico, contradictorio y contrario al principio de legalidad y de sometimiento al imperio del Derecho declarar probados unos hechos tipificables como delito y sancionarlos como simple falta. No se concreta ni se motiva ningún fin constitucionalmente legítimo para la transformación de la infracción penal delictiva en simple falta. De la misma forma que se prohíbe la «reformatio in peius´´, también se sanciona la transformación inmotivada e injustificada de la infracción penal de la infracción delictiva en simple falta, ignorando de forma consciente los hechos probados, incurriendo en contradicción e incongruencia patentes, notorias y contrarias a la lógica jurídica más elemental. El veredicto y el Tribunal del Jurado no pueden incurrir en una contradicción palmaria, ignorando sus propias declaraciones fácticas relevantes e inalteradas e introduciendo la perplejidad hermenéutica y la inseguridad jurídica.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Civil y Penal, de 13 de julio de 2006, Rollo de Sala 2/2005. Ponente Don Antonio Pedreira Andrade.