Estafa impropia.
Estafa impropia.
El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)
La Audiencia Provincial condenó al acusado por delito continuado de estafa inmobiliaria de los arts. 251.2.º y 249 del CP. El recurrente se opone pues no concurren dos de los requisitos precisos para su estimación: a) el conocimiento del gravamen sobre el bien inmueble objeto del contrato, `ya que era totalmente desconocedor del mismo«; y b) el ánimo de lucro, dado que el mismo `solamente pretendía trabajar e intentar cobrar por su trabajo«. José F. no era administrador ni gerente y desconocía la existencia de cualquier gravamen sobre las parcelas que vendía, pues `simplemente era un vendedor a comisión (…) un simple trabajador por cuenta ajena«. El TS desestima el recurso pues del relato fáctico de la sentencia se dice claramente que los dos acusados `actuando de común acuerdo y en nombre de la entidad mercantil Pirámide de Torrente, S.A., vendieron a los denunciantes« las parcelas que seguidamente se describen, manifestando en las correspondientes escrituras que `estaban libres de cargas y gravámenes, cuando en realidad la finca estaba gravada con una emisión de obligaciones hipotecarias al portador« .
Es más, este Tribunal, haciendo uso de la facultad que le reconoce el art. 899 de la LECrim., ha procedido a examinar las actuaciones de esta causa y así ha podido comprobar que el acusado aquí recurrente no tenía ninguna relación laboral con la entidad `Pirámide Torrente, S.A.« ni con el otro acusado, Sr. Z., y que intervino en los hechos enjuiciados actuando como representante de dicha sociedad en la venta de una parte de las parcelas, disponiendo del correspondiente poder ñ otorgado por la titular de las mismas ñ , que hubo de exhibir oportunamente en el momento del otorgamiento de las escrituras públicas correspondientes a las ventas otorgadas ante Notario pues alguna de estas operaciones se reflejaron solamente en documento privado; habiendo manifestado, además, el hoy recurrente que su misión consistía en captar clientes y formalizar los correspondientes contratos de compraventa, y que tuvo conocimiento de las cargas que pesaban sobre algunas de las parcelas vendidas (v. acta juicio oral).