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Noticias Jurídicas

Novedades del calendario laboral de 2023

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la relación de fiestas laborales para el próximo año

(Foto: E&J)

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Novedades del calendario laboral de 2023

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la relación de fiestas laborales para el próximo año

(Foto: E&J)



El pasado 14 de octubre de 2022, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se establece la relación de fiestas laborales para el próximo año 2023.

Para quienes les gusta organizar escapadas vacacionales con antelación, y tengan intención de hacer alguna durante el próximo año, ya pueden consultar en que días caen los festivos para elegir fecha.



El calendario laboral de 2023 tendrá un total de 14 días festivos remunerados de manera obligatoria y no recuperables. Ha establecido 12 días festivos en cada Comunidad Autónoma y en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, de los cuales 8 días son fiesta nacional, días que no serán laborables en todo el territorio español y que no pueden ser sustituibles por otra fecha; 4 días de fiesta de carácter autonómico y 2 de carácter local.

Los días festivos en toda España

  • 7 de abril (Viernes Santo)
  • 1 de mayo (Día del Trabajo)
  • 15 de agosto (Asunción de la Virgen)
  • 12 de octubre (Fiesta Nacional de España)
  • 1 de noviembre (Todos los Santos)
  • 6 de diciembre (Día de la Constitución)
  • 8 de diciembre (La Inmaculada Concepción)
  • 25 de diciembre (Navidad)

(Diseño: Laura Marín/E&J)

Festivos comunes

A esos 8 días festivos no sustituibles hay que se sumar otros 4 días, también festivos y comunes en todo el territorio, que se distribuyen las Comunidades de manera diferente. Las Comunidades Autónomas pueden mantener estas fechas o desplazarlas, como han hecho algunas, hasta completar los 12 festivos (8 nacionales y 4 regionales).



El 2 de enero (Lunes siguiente a Año Nuevo) es festivo. No se precipiten pensando que no dan de vacaciones el día de Año Nuevo, lo que ocurre es que en 2023 el 1 de enero cae justamente en domingo por lo que, han considerado que para cobrarse ese día festivo, se haga el día 2, el lunes siguiente a Año Nuevo, pudiendo tener de esta manera otro día más de descanso de cara a la vuelta al trabajo. Sin embargo, sólo disfrutarán de esta ventaja Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León y Murcia.

El 6 de enero (Epifanía del Señor), popularmente conocido como el día que se abren los regalos que los Reyes Magos han dejado en los hogares, caerá en viernes. Esto quiere decir que los españoles contarán con puente desde que terminen su jornada laboral el jueves hasta el próximo domingo. Este festivo lo mantendrán todas las comunidades. Un par de días de descanso que seguro que son muy bien recibidos para la cerrar la época navideña hasta el próximo año.

El Jueves Santo de 2023 se celebrará el día 6 de abril porque la Semana Santa, a diferencia de otras fiestas cristianas, no tiene una fecha concreta todos los años. Su celebración varía en función de los ciclos lunares y la primavera porque es una fiesta ligada a la Pascua judía. Así pues, este día será festivo en casi todo el territorio español excepto en la Comunidad Valenciana y Cataluña.

Todos los años se celebra el 25 de julio el día de Santiago Apóstol, el Día de Galicia y la Festividad del Apóstol Santiago, patrón de España. Una celebración que tiene lugar en múltiples localidades españolas pero no en todo el territorio, no siendo festivo a nivel nacional, sino únicamente en las comunidades autónomas que así lo deciden cada año al configurar su calendario de fiestas. En el año de actividad laboral 2022 fueron la Comunidad de Madrid, País Vasco, Navarra y Galicia, que celebra su día grande, los territorios españoles que mantuvieron este día como festivo. Para el calendario laboral de 2023, Navarra, País Vasco y Galicia mantendrán el festivo, sin embargo, la Comunidad madrileña prescindirá de esta celebración. Mientras que, será otra la comunidad que sí que opte por dar festivo el 25 de julio a sus trabajadores: Castilla y León.

A esas cuatro fechas hay que añadir una excepción y particularidad. Cabe destacar que, la Resolución de 7 de octubre reconoce el día 20 de marzo, lunes siguiente a San José, como Fiesta Nacional respecto de la que no se ha ejercido la facultad de sustitución, pero dicho día sólo sería festivo en la Comunidad de Madrid.

Además de los días festivos nacionales, habría que sumar los días festivos de cada Comunidad Autónoma.

(Diseño: Laura Marín/E&J)

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