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En el Día del Graduado Social

La función del graduado social debe orientarse a ejercer las necesarias relaciones de cooperación con los miembros de las otras profesiones jurídicas

Graduados Sociales (Foto: graduadosociales.org)

Pedro Tuset del Pino

Magistrado-juez de lo Social de Barcelona




Tiempo de lectura: 4 min

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En el Día del Graduado Social

La función del graduado social debe orientarse a ejercer las necesarias relaciones de cooperación con los miembros de las otras profesiones jurídicas

Graduados Sociales (Foto: graduadosociales.org)



Hoy, 27 de octubre, se celebra el Día del Graduado Social, un profesional del Derecho que participa activamente en el asesoramiento legal y la toma de decisiones en el ámbito del derecho del Trabajo y la Seguridad Social y que resulta ser un colaborador necesario de la Administración de Justicia.

Según informa la página web del Ministerio de Trabajo y Economía Social, los graduados sociales ejercen una profesión regulada como asesores jurídicos en materia socio-laboral, expertos en relaciones laborales y recursos humanos. Junto a abogados y procuradores, los graduados sociales pueden intervenir ante los órganos judiciales de la jurisdicción social.



En este sentido, el artículo 545.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que: «en los procedimientos laborales y de Seguridad Social la representación técnica podrá ser ostentada por un graduado social colegiado, al que serán de aplicación las obligaciones inherentes a su función, de acuerdo con lo dispuesto en su ordenamiento jurídico profesional».

Entre sus principales competencias están:

  1. En vía administrativa: ejercer la representación y dirección técnica de procedimiento ante la Inspección de Trabajo, en la conciliación previa a la vía judicial, ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS); Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), o Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO), entre otros.
  2. En vía judicial:
  3. Ejercer la representación ante órganos jurisdiccionales en el orden social en todo tipo de procedimientos laborales o de Seguridad Social como: despidos; prestaciones contributivas y no contributivas; INSS; reclamaciones de salarios; clasificación profesional; sanciones; o bien ejercer como peritos en materia laboral y social ante los Tribunales de Justicia.
  4. Prestar servicios a empresarios y asesorar a los trabajadores en numerosas materias.
  5. Prestar servicios a los beneficiarios de la Seguridad Social tales como: habilitación; asesoramiento y trámite de prestaciones; jubilación; invalidez viudedad; orfandad; asistencia social.

Consejo General de Graduados Sociales de España (Foto: Archivo)



Para poder ejercer la profesión de Graduado Social, han de cumplirse los siguientes requisitos:

  • Estar en posesión de un título que acredite formación específica para dicho ejercicio profesional. La denominación concreta del título varía en función del plan de estudios vigente en el momento de su obtención (estudios de Graduado Social en las antiguas Escuelas Sociales o Diplomaturas en Relaciones Laborales y Recursos Humanos) y de la denominación ofrecida por cada Universidad (la más frecuente actualmente es “Grado en Relaciones Laborales y Recursos Humanos”, también “Grado en Relaciones Laborales y Empleo” y otras)
  • A la vez, estar inscrito en el Colegio Oficial de la provincia donde se vaya a ejercer principalmente la actividad profesional.

La profesión de Graduado Social ha estado vinculada al Ministerio de Trabajo desde su origen en los años 1920. En la actualidad, el Ministerio de Trabajo y Economía Social es el encargado de encauzar las relaciones de la Administración General del Estado con los Colegios Profesionales de Graduados Sociales, a través de su Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España (artículo 109.1 de los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Graduados Sociales y del Consejo General de Colegios Oficiales de Graduados Sociales de España, aprobados por Real Decreto 1415/2006, de 1 de diciembre).

Además, el Ministerio es competente en dos procedimientos relacionados con la profesión:

  1. La expedición de títulos de Graduado Social obtenidos antes de la incorporación a la enseñanza universitaria (hasta el plan de estudios de 1980 incluido)
  2. El reconocimiento de la cualificación profesional para el ejercicio en España de la profesión de Graduado Social por ciudadanos de la Unión Europea y Espacio Económico Europeo.

Asimismo, conforme el Código Deontológico, son principios fundamentales que deben presidir el ejercicio profesional del Graduado Social los siguientes:

  1. Independencia. La independencia del Graduado Social en el ejercicio de su profesión, llevándola a cabo sin estar sometido a ninguna presión y sin resultar afectado por sus propios intereses o influencias exteriores, constituye la garantía de que los intereses del cliente serán defendidos con objetividad.
  2. Integridad. El Graduado Social debe ser éticamente íntegro, veraz, leal y diligente en el desempeño de su función.
  3. Dignidad. El Graduado Social debe actuar conforme a las normas de honor y de dignidad de la profesión.
  4. Interés del cliente. El Graduado Social debe defender con diligencia los intereses de su cliente, incluso cuando éstos resulten contrapuestos a los suyos propios, a los de un colega o a aquéllos de la profesión en general.
  5. Secreto profesional. El Graduado Social tiene el derecho y el deber de guardar secreto profesional de todos los hechos y noticias que conozca por razón de su actuación profesional, en los términos posteriormente regulados en este Código.
  6. Incompatibilidades. El Graduado Social debe respetar el régimen de incompatibilidades vigente en cada momento para el ejercicio de la profesión.
  7. Responsabilidad social. El Graduado Social debe tener presente en todo momento el carácter de su cometido como servicio a la sociedad.
  8. Inviolabilidad. La inviolabilidad del Graduado Social en sus actuaciones ante la Administración de Justicia ampara su libertad de expresión y el derecho a la defensa, que deberán ser ejercidos de forma responsable.

En suma, la función del graduado social no sólo debe orientarse a ejercer en todo momento su profesión con el debido decoro, dignidad y máxima profesionalidad, ofreciendo al cliente sus conocimientos, experiencia y la dedicación necesaria para la adecuada gestión de los asuntos que se le encarguen, así como las indicaciones y consejos que puedan ser necesarios para la mejor solución de los mismos, sino mantener las necesarias relaciones de cooperación con los miembros de las otras profesiones jurídicas y colaborar para el cumplimiento de los fines jurisdiccionales, administrativos y de la Seguridad Social.

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