Juicio Cambiario: demanda de oposición.
Juicio Cambiario: demanda de oposición.
El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)
En la vista del juicio verbal la parte ejecutada no puede ampliar los motivos de oposición recogidos en su demanda, pues la remisión que el juicio cambiario hace al verbal es, a los solos efectos del trámite a seguir, pero no a la posibilidad de formular alegaciones sobre la personalidad de las partes, que en el juicio cambiario, debe hacerse en la demanda de oposición, pues el cambiario no comienza por una demanda sucinta, como el juicio verbal, sino por una demanda conforme a lo previsto para el juicio ordinario. De no ser así, y consentir que la parte ejecutada amplíe en el juicio verbal los motivos de oposición, se estaría provocando la indefensión de la parte contraria, como ocurrió en el caso a que se refiere esta Sentencia, en el que la parte ejecutante, desconociendo que iba a invocarse su falta de legitimación activa, no pudo aportar los documentos necesarios para desvirtuar tales alegatos.
Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, de 25 de junio de 2004, nº recurso 347/2004. Ponente Doña Maria del Carmen Escrig Orenga. A FAVOR DE: DEMANDANTE-ACREEDOR. Base de datos Economist & Jurist, marginal 246167.