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Reportajes

El ajuste técnico que Pedro Sánchez quiere para la Ley del “solo sí es si” plantea más problemas que soluciones

Se quiere frenar las excarcelaciones y reducciones de condena que se están produciendo, pero no será sencillo

Presidente del Gobierno, P Sanchez y Meritxell Batet, presidenta del Congreso en el acto del día dela Constitución en el Congreso (Foto: EP)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 8 min

Publicado




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El ajuste técnico que Pedro Sánchez quiere para la Ley del “solo sí es si” plantea más problemas que soluciones

Se quiere frenar las excarcelaciones y reducciones de condena que se están produciendo, pero no será sencillo

Presidente del Gobierno, P Sanchez y Meritxell Batet, presidenta del Congreso en el acto del día dela Constitución en el Congreso (Foto: EP)



El número de condenados que se han visto beneficiados por el nuevo marco de penas que recoge la ley del solo sí es sí asciende al menos a 52, entre revisiones de condena a la baja (48) y sentencias posteriores en aplicación de la norma (4). Un total de 12 personas han sido excarceladas.

Según se ha podido saber tras la celebración del Dia de la Constitución en el Congreso de los Diputados, el presidente del Gobierno, Pedro Sanchez, había indicado en conversación informal con algunos periodistas, su deseo de hacer un ajuste técnico a dicha norma.



La nueva ley ha provocado que el delito de agresión sexual absorba al de abuso sexual, lo que significa que un delito que hasta ahora recogía una conducta más grave incorpore una de menor gravedad, por lo que la horquilla penal también se ha ampliado para abarcar todo el abanico de comportamientos penados ahora como agresión sexual.

La «ley Solo sí es sí» ha generado enfrentamiento director entre Irene Montero y el PP (Foto: Congreso de los Diputados)

Las últimas rebajas han sido dictadas por la Audiencia de Cádiz, que rebaja las penas a cuatro condenados por delitos de violencia sexual al aplicar la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual por ser más favorable a los reos; y por la Audiencia Provincial de Pontevedra, que rebajado de 5 años a 4 años y 6 meses la pena de cárcel para un condenado por abuso sexual a una menor.



Estas rebajas se suman a otras dos que dictó la semana pasada el Tribunal Supremo, que ha condenado a 9 años de cárcel -y no a 10- a dos exjugadores del ‘caso Arandina’ al aplicar la ley del solo sí es sí.

Los magistrados han elevado sus penas -desde los 4 y 3 años que había fijado el TSJ de Castilla y León- tras eliminar la atenuante que se había apreciado por la cercanía de edad y madurez entre condenados y víctima.

En el fallo, el tribunal ha incidido en que la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual «podrá aplicarse en beneficio del reo cuando se fije ahora pena inferior en aquellos supuestos en los que así proceda». Han matizado, sin embargo, que deberá hacerse «analizando caso por caso, y no de forma global».

Esto contrasta con el criterio marcado por la Fiscalía General para que no se modificaran condenas cuando puedan ser impuestas con el nuevo marco penal, un criterio que evitaría una rebaja «automática» de condenas.

Expertos consultados por Economist & Jurist no ven fácil una solución a esta controversia, aunque se afrontase una reforma de la norma que todos califican de un peligroso parche.

Cuidado con la ley penal intermedia

Así, un catedrático de derecho penal que prefiere mantener el anonimato explica para Economist & Jurist que “la reforma creará un espacio llamado ley penal intermedia. Todos los hechos que se produzcan con la vigencia de la Ley Solo si es si necesariamente van a ser juzgados con esa ley, y hasta que se apruebe la nueva, todo el mundo estará en disposición de pedir revisión de condenas por hechos anteriores a ella”.

Ángela Rodríguez Pam, secretaria de Estado de Igualdad; e Irene Montero, ministra de Igualdad (Foto: EP)

También nos recuerda que una reforma de una ley orgánica como esta “requiere mayoría absoluta del Congreso. Por lo que vemos no sabían lo que votaban realmente e ignoraron los dictámenes de los órganos consultivos, ahora tendrán que hacerlo con calma. Es previsible que se disparen los recelos”.

Al mismo tiempo este jurista recuerda que “estamos a final de la legislatura, la probabilidad de que se quede durmiendo el sueño de los justos es elevada. Pero aunque no fuera así, lo que no evita remendar la ley son dos cuestiones. Una primera que hasta que eso pase, dos o tres meses, se seguirá pidiendo la revisión de condena de hechos anteriores a su entrada en vigor, da igual que cambie la ley”.

Y el otro tema que nos señala es que “todos aquellos hechos nuevos que se produzcan bajo la vigencia de la «Ley solo sí es sí», estará con los marcos penales nuevos de dicha norma. Y una ley posterior más dura, la ley del parche, no puede empeorar situaciones anteriores por irretroactividad de las disposiciones sancionadoras desfavorables”.

En su opinión “el Código Penal de 1995 había creado una buena sistemática de tutela tanto de la libertad sexual como de la indemnidad sexual. Se distinguió entre la agresión y el abuso acabando con todos los problemas históricos derivados del delito de violación”.

A su juicio, “el problema es que con algunos casos mediáticos que todos conocemos todo se ha distorsionado y realizado una reforma que no era necesaria. Obviamente hasta la fecha solo estaban permitidas las relaciones sexuales consentidas, las otras son un delito que podría ser un delito de abuso o agresión sexual”.

Jueces prudentes ante la reforma

Desde el estamento judicial, los jueces se muestran prudentes a la hora de valorar la reforma que podría estar diseñando ya el Gobierno de Pedro Sánchez de esta “Ley Solo sí, es si”.

Jorge Fernández, magistrado y portavoz de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria, reconoce que “nos faltan datos para hacer una valoración plena de lo que se quiere plantear. No sabemos exactamente lo que se quiere mejorar o cambiar.  Creo que debemos ser prudentes a la hora de hacer una valoración”.

Jorge Fernandez, portavoz de AJFV cree que es prematuro cambiar la norma de forma precipitada como indica el gobierno (Foto: AJFV)

Cuando le mencionamos que se quiere hacer un ajuste técnico e introducirlo en alguna Ley Orgánica como la de Bienestar Animal o de Eficiencia Procesal que ahora se están tramitando, cree que ese no es el camino: “Es una mala técnica legislativa. Si se van a hacer modificaciones deberían ser en la propia ley y no mezclar unos temas con otros”.

En cuanto al fondo, “lo que no tiene demasiado sentido es hacer una reforma basándose en las revisiones de sentencias que se están produciendo. Si las penas están bien o mal ponderadas ajustadas hay que verlo en función de la propia ley que se aprobó, no de cómo ha podido afectar retroactivamente a distintas sentencias”.

Al mismo tiempo, señala que “hay que aclarar que ninguna reforma va a impedir que se sigan revisando esas condenas. El ajuste retroactivo es imposible evitarlo si es mas beneficioso para el condenado”, señala este jurista.

Así, nos explica que “si hoy se modificase la norma actual, siempre se aplicará la normativa intermedia que es más beneficiosa a todos los hechos cometidos antes de la derogación”.

Este magistrado recuerda que es una ley que tiene muy poca vigencia, “que acaba de aprobarse y que sorprende que ahora se quiere modificar”.

Sobre una posible derogación de la norma, indica que “no arregla nada. Esa ley tiene algo más que la reforma del Código Penal, pero tiene más cosas.  Una derogación no impediría la aplicación retroactiva de esta ley, lo que impediría es que se aplicara para el futuro, pero tampoco tiene sentido que el legislador modifique dicha norma. No es muy coherente”.

Mejor la derogación de la norma

Mas contundente se expresa desde Sevilla, Luis Romero, abogado penalista, que también comentaba recientemente que la llamada Ley Montero “ha logrado que muchos penalistas, cumpliendo con su obligación estén solicitando en condenas ya firmes que se rebajen las penas”.

Luis Romero, abogado penalista, prefiere que se derogue la «Ley Solo sí es sí». “Esta muy mal hecha” (Foto: Economist & Jurist)

En virtud del principio de retroactividad de la ley penal más favorable, los condenados por estos delitos podrán solicitar ahora una revisión a la baja de sus condenas. Habrá que estar pendiente a lo que suceda”, comenta.

Para este jurista, lo mejor seria “derogar una norma que solo esta causando problemas importantes. Poner un parche a una mala ley no seria la solución, sino que habría que volver al Código Penal de 1995 y derogarla, con lo cual ambos tipos penales volvería a estar separados.  Sabemos que este Gobierno no lo va a hacer porque estamos hablando de leyes ideológicas”.

A su juicio, “con la interpretación existente de la jurisprudencia y la vuelta a la normativa penal anterior, que separaba los abusos sexuales de las agresiones de la misma índole funcionaba mucho mejor. Creo que los informes del CGPJ, del Consejo de Estado hasta el propio Ministro de Justicia en aquel momento, Juan Carlos Campo, advirtió de los defectos técnicos”.

“Por desgracia, lo que se temía ha ocurrido. Además de las excarcelaciones, la norma invierte la carga de la prueba y vulnera la presunción de inocencia del hombre por el hecho de serlo. Ahora será ese ciudadano que tendrá que defenderse de esa presunta culpabilidad”, apunta el experto.

Este abogado señala que “apostar por el consentimiento expreso genera más problemas. Hasta el momento los jueces si una persona estaba acusada de un delito de agresión sexual veían si había violencia, intimidación e incluso revisaban las pruebas practicadas podrían ver si había consentimiento o no. Ahora con dicho consentimiento se genera más problemas y se da por hecho que la denunciante dice la verdad y hay que creerla”.

Como penalista “es una mala ley que hace agua por todas partes, y lo mejor sería la derogación total de la ley. No se soluciona los problemas incrementando las penas o instaurando la prisión permanente revisable que ha pedido algún partido. Las penas ya son altas y en algunos casos son similares a las del asesinato porque se dan agravantes importantes”.

Mantener la norma como está

Beatriz Uriarte, abogada penalista experta en delitos de violencia de género y socia de Ospina Abogados, ya advirtió  hace algunos días  sobre esta Ley de Garantía de Libertad Sexual: “No creo que proteja lo suficiente a las víctimas ni tampoco resuelva la problemática de la posible condena a inocentes”.

Beatriz Uriarte, abogada penalista “dictar una nueva ley o derogar esta del “sólo sí es sí” es un parche legal inútil” (Foto: Ospina Abogados)

A su juicio, tanto la Constitución española en su art. 9.3 como el Código Penal en el art. 2, establecen que las normas penales cuando son favorables al reo son retroactivas. Y el fundamento de la retroactividad de la Ley Penal favorable es obvio: el cambio que como sociedad hemos asumido al descriminalizar delitos o atenuar su castigo”.

Para este jurista “en el caso de la Ley del “sólo sí es sí”, el legislador lo que ha hecho es atenuar el castigo de los delitos contra la libertad sexual (lo que antes eran agresiones y abusos sexuales, y hoy todo recibe la etiqueta de agresión sexual).

“Entonces si hemos bajado el castigo para estos delitos, la Constitución española manda rebajar las penas si esta nueva Ley les es aplicable”, comenta la experta penalista.

Así, señala que “por ejemplo, si antes el tipo básico de las agresiones sexual con penetración se castigaban con la pena de prisión de 6 a 12 años y ahora de 4 a 10 años, podemos concluir que Ley del “sólo sí es sí”, es más favorable cuando el condenado lo fue a la pena mínima, en estos casos, la pena pasaría de 6 a 4 años, es decir, una rebaja de 2 años (y puede ser más si nos situamos en los tipos agravados).”

En su opinión “dictar una nueva ley o derogar esta del “sólo sí es sí” es un parche legal inútil”.

Esta jurista indica que “si ahora se dicta una nueva ley más castigadora que la actual, no será aplicable porque esa nueva sustituidora de la Ley del “sólo sí es sí”, sería una Ley más desfavorable y, por tanto, no aplicable”.

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