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PRESUNCION DE INOCENCIA: MOTIVACION DE LA SENTENCIA

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PRESUNCION DE INOCENCIA: MOTIVACION DE LA SENTENCIA

El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)



 

El respeto a la presunción de inocencia exige como premisa fundamental tal motivación, a no ser, lo que es raro en la jurisdicción penal,  que no se haya discutido la materia de la prueba y la defensa haya aceptado los hechos por los que se acusa, quedando reducido el debate exclusivamente a temas de calificación jurídica o aplicación de la norma. Si tal motivación existe, la sala de casación debe verificar una triple comprobación:



          que la prueba utilizada para condenar existe en las actuaciones procesales practicadas

          que esa prueba de cargo ha sido obtenida y aportada a tales actuaciones con observancia de las garantías constitucionales y de las normas procesales aplicables.

          Que es suficiente («mínima prueba de cargo´´) para justificar la condena.



 

De otro lado, puntualiza la sentencia, en torno al principio in dubio pro reo, que cualquier duda razonable en materia de prueba ha de resolverse siempre a favor del reo.

 

Finalmente, en cuanto a la prueba de indicios, la sentencia argumenta que consta de dos elementos esenciales:

 1º han de exisitir unos hechos básicos(indicios) completamente acreditados , que ordinariamente han de ser varios y que en su conjunto nos han de conducir hasta el hecho necesitado de prueba(hecho consecuencia)

2º . Entre tales hechos básicos o indiciarios  y aquel otro que se trata de demostrar(hecho consecuencia) ha de existir un enlace preciso y directo según las reglas del criterio humano.

 

En definitiva, si hay en la sentencia recurrida un razonamiento en cuanto a la prueba de indicios y se puede afirmar que tal razonamiento es coherente con las reglas de la lógica y de la experiencia de otros casos semejantes, la casación debe ser rechazada.

 

Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, de fecha 3 de febrero de 2006, nº recurso 1164/2004. Ponente Joaquin Garcia Delgado. A FAVOR DEL MINISTERIO FISCAL. Base de datos Economist & Jurist, avance de jurisprudencia.