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Artículos

Enviar Whatsapps fuera del horario laboral no vulnera necesariamente el derecho a la desconexión digital

"No cabe en ningún caso exigir a los trabajadores que faciliten su e-mail o su teléfono personal"

(Foto: E&J)

Estela Martín Estebaranz

DirCom & RSC en Sincro. Abogada & Periodista




Tiempo de lectura: 6 min

Publicado




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Enviar Whatsapps fuera del horario laboral no vulnera necesariamente el derecho a la desconexión digital

"No cabe en ningún caso exigir a los trabajadores que faciliten su e-mail o su teléfono personal"

(Foto: E&J)



De la norma (art. 88 de la LOPDGDD) a los tribunales: pese a que la LOPDGDD entró en vigor hace ya más de cuatro años, son muy pocos los pronunciamientos sobre el derecho a la desconexión digital.

Por ello, tienen especial interés las sentencias en las que se va abordando esta cuestión para ver dónde y cómo operan los límites del derecho a la desconexión digital.



Unido a esto, hay que recordar que pese a que todas las empresas (sea cual sea su número de empleados o sector de actividad) tienen obligación de elaborar un plan/protocolo de desconexión digital, a día de hoy son pocas las empresas que han cumplido con dicha obligación.

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