RESIDENTES TITULARES DE CUENTAS EN EL EXTRANJERO
RESIDENTES TITULARES DE CUENTAS EN EL EXTRANJERO
El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)
La presente Circular regula obligaciones de información relativas a una serie de operaciones que realicen las personas físicas o jurídicas residentes, así como todo lo concerniente a la apertura, cancelación o modificación de cuentas; cobros, pagos y transferencias realizados mediante abonos y adeudos en las cuentas; periodicidad y excepciones a la obligación de información o el envío de la información al Departamento de Balanza de pagos del Banco de España, mediante la presentación de los formularios correspondientes que figuran en el Anexo I que acompaña a la citada Circular.