No es sinónimo de dimisión el WhatsApp enviado a una compañera revelando su deseo de marcharse
El Tribunal confiesa que desconoce si la mujer comunicó finalmente al empresario su deseo de abandonar de forma voluntaria la organización
(Imagen E&J)
No es sinónimo de dimisión el WhatsApp enviado a una compañera revelando su deseo de marcharse
El Tribunal confiesa que desconoce si la mujer comunicó finalmente al empresario su deseo de abandonar de forma voluntaria la organización
(Imagen E&J)
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha declarado que no constituye una dimisión en el trabajo el mensaje de WhatsApp enviado a una compañera en el que manifestaba su deseo de abandonar la compañía.
La sentencia, de 16 de diciembre de 2022, explica que la empresa no ha logrado acreditar “una voluntad clara y concluyente de la trabajadora de causar baja voluntaria, manifestada directamente y de forma inequívoca al empresario”.
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