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Despachos

Los expertos advierten del incremento de reclamaciones por el precio de los contratos de obra

El seminario se centra en asesorar a las empresas para proteger sus intereses en esta modalidad de controversias

(Foto: Herbert Smith Freehills & Kroll)

Tiempo de lectura: 3 min

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Despachos

Los expertos advierten del incremento de reclamaciones por el precio de los contratos de obra

El seminario se centra en asesorar a las empresas para proteger sus intereses en esta modalidad de controversias

(Foto: Herbert Smith Freehills & Kroll)



Los despachos Herbert Smith Freehills y Kroll han organizado un acto para orientar sobre las partes cruciales de los contratos que deben demostrar una actuación de buena fe y, además, estar abiertos a encontrar soluciones amistosas en las posibles resoluciones de desacuerdos. Es importante evitar incumplimientos contractuales y preconstituir cualquier prueba que pueda ser usada.

Esto se debe a la delicada situación de crisis y el incremento de los costes de producción en los contratos de obra que están ocasionando un incremento de reclamaciones para que se revise el precio de los contratos sobre la cláusula rebus sic stantibus.



El equipo de litigación y arbitraje de la oficina de Madrid de la firma legal han aconsejado en la jornada “Revisión de precios en contratos de obra” sobre cómo se debe abordar la problemática desde un punto de vista legal, estratégico y económico-financiero. Destaca el tratamiento que se le tiene que dar al diseño de un camino seguro para la defensa de sus intereses en este tipo de cuestiones.

Asesoramiento a las empresas



En el evento, se planteó qué opciones pueden llevar a cabo las empresas contratistas en el caso de que haya una reclamación de revisión de precios y, por ende, cuáles son los pasos a seguir para reequilibrar el contrato.



(Foto: Herbert Smith Freehills)

El socio responsable de la práctica de litigación y arbitraje de la firma en España, Eduardo Soler Tappa, fue el encargado de moderar el seminario. Se contó con la intervención del socio, Javier de Carvajal, que respondió cuándo era posible acudir al principio rebus sic stantibus con el objetivo de renegociar un reajuste de las condiciones económico-financieras del contrato en cuestión.

De Carvajal señaló que es distinto en el contrato de obra cerrado puesto que opera otra regla especial en la que el contratista asume las fluctuaciones de precio. El socio puntualizó que: “no puede existir una cláusula de revisión de contrato y sólo opera en los contratos de larga duración en los que se prevé que pueden cambiar las circunstancias”.

Dados estos hechos, los requisitos para que se active esta figura suponen que exista un cambio sobrevenido y extraordinario de las circunstancias en las que se firmó el contrato, además la situación debe ser imprevisible, que no se disponga de otros medios que mitiguen la situación y, finalmente, que ocasione una severa desproporción en las obligaciones de las partes.

De especial relevancia es la buena fe que deben poseer las partes por los posibles problemas que pueda haber puesto que la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) valora mucho este aspecto en la resolución de las disputas, concretamente en el 90% de los casos.

Nuevas intervenciones

El asociado senior de la firma, Miguel García Casas, recalcó la importancia de: “evitar por todos los medios el incumplimiento del contrato porque eso puede penalizar el litigio futuro”. Asimismo, se centró en la relevancia de enfocar de una manera correcta la reclamación desde el inicio ya que después es muy difícil reconducirla. Además, añadió que: “el principal interés de ambas partes no es ganar un arbitraje dentro de unos años, sino que el proyecto salga adelante”.

(Foto: Herbert Smith Freehills)

García afirmó que al tratarse este tema de un terreno inexplorado debido a que todavía no hay fallos judiciales suficientes para establecer movimiento en un escenario seguro, refiriéndose a la estrategia procesal ante una posible disputa sobre cambio de precio. Concluyó su intervención con la indicación de que: “el éxito de una demanda dependerá, en gran medida, de la actuación de las partes durante la etapa prelitigiosa”.

Finalmente, el managing director del área de Expert Services y líder del grupo de Construcción e Infraestructuras de Kroll, José Manuel Albaladejo, manifestó que: “por muy bien que se plantee un contrato, es imposible que contenga todas las circunstancias que se pueden dar a lo largo de la ejecución de una obra”.

Por este motivo, quiso resaltar lo fundamental de la prueba y de documentar todo lo que ha ido pasando, pues: “no se trata sólo de tener razón, sino de poder demostrarlo”, puesto que, según señala: “el concepto de desequilibrio, entendido como la situación en la que al menos una parte no recibe la contraprestación razonablemente esperada cuando se comprometió a un proyecto, no se puede definir ni demostrar sin un contexto, una trazabilidad y una prueba.»

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