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La firma

Unas notas sobre por qué no se pueden celebrar juicios con el LAJ en huelga

"El LAJ no tiene que visionar la grabación"

(Imagen: E&J)

Diego Fierro Rodríguez

Letrado de la Administración de Justicia




Tiempo de lectura: 11 min

Publicado




La firma

Unas notas sobre por qué no se pueden celebrar juicios con el LAJ en huelga

"El LAJ no tiene que visionar la grabación"

(Imagen: E&J)



Resulta conocida la huelga de los Letrados de la Administración de Justicia que lleva desarrollándose con carácter indefinido desde el pasado día 24 de enero. Las vicisitudes del legítimo ejercicio de huelga por parte de los referidos profesionales está teniendo una incidencia mayor de la que se esperaba en un primer momento por el Ministerio de Justicia, que fijó unos servicios mínimos que podrían calificarse como cuestionables en bastantes extremos, y otros profesionales.

Jaime de Lamo Rubio, Magistrado del Juzgado de lo Social nº1 de León, publicó en Confilegal un artículo titulado “Derecho de huelga, tutela judicial efectiva y ejercicio de la función jurisdiccional” cuyo contenido había sido elaborado para un auto de 28 de febrero de 2023, que se conoció después. En su texto, indica que la huelga indefinida de los Letrados de la Administración de Justicia está afectando drásticamente a la Administración de Justicia y generando un irreparable perjuicio a los derechos y libertades de la ciudadanía cuya tutela está atribuida a los juzgados y tribunales afectados por el conflicto. A tal efecto, sorprende que un Magistrado de un Juzgado de lo Social ponga el grito en el cielo porque la huelga de Letrados de la Administración de Justicia está suponiendo “un irreparable perjuicio”, pues ese es uno de los lógicos efectos del ejercicio del derecho de huelga.



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