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Práctica Jurídica

Demanda de Juicio Ordinario sobre reclamación de cantidad

Contrato de compraventa relacionado con un vehículo usado

(Foto: E&J)

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Práctica Jurídica

Demanda de Juicio Ordinario sobre reclamación de cantidad

Contrato de compraventa relacionado con un vehículo usado

(Foto: E&J)



DEMANDA DE JUICIO ORDINARIO SOBRE RECLAMACIÓN DE CANTIDAD

AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID QUE POR TURNO DE REPARTO CORRESPONDA



…………., procurador de los Tribunales y de ………………… según se acreditará mediante apoderamiento “apud acta” cuando sea específicamente requerido para ello, y bajo la dirección del Letrado del ICAM, ……………, colegiado número …………….., ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda en Derecho,

DIGO:



Que por medio del presente escrito formulo DEMANDA DE JUICIO ORDINARIO contra …………………., con domicilio a efecto de notificaciones en …………………………… EN RECLAMACIÓN DE CANTIDAD de CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO EUROS CON CUARENTA Y UN CÉNTIMO (48.738,41 €) más intereses y costas a que haya lugar, y ello en base a los siguientes



HECHOS

Primero.- ………………. desde hace aproximadamente 10 años se dedica profesionalmente al transporte de mercancías, como autónomo conduciendo su propio camión, ha estado en esta situación hasta el día…. en que se dio de baja en el Censo de Empresarios.

Se aporta como Documento Nº… justificante de alta en el Censo de empresarios.

Se aporta como Documento Nº… justificante de baja en el mencionado Censo.

Segundo.- A finales del año 2011 mi representado puso a la venta el Camión y Góndola a través de un anuncio. Al mismo respondió ………………. Uría mostrando su interés en la compra, la cual se produjo en fecha de 20 de diciembre de 2.011, cuando ……………………., firmaron CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO USADO (CAMIÓN Y GÓNDOLA), por el que mi representado vendía al demandado una ………………….. por una cantidad de CIEN MIL EUROS (100.000 €) más IVA (Impuesto del Valor Añadido).

Se aporta Documento Nº  copia del Contrato de Compraventa de Vehículo Usado.

Tercero.- Que cuando se produjo la Compraventa, comprador y vendedor llegaron a una serie de acuerdos verbales para que el comprador pudiera trabajar con el vehículo comprado ya que …………………… no tenía en el momento de la compraventa la Tarjeta de Capacitación de Transportes que es necesaria para ser empresario o autónomo y poder tener la titularidad del vehículo.

Como consecuencia de lo anterior, ………………. se mantuvo dado de alta en el Régimen Especial del Trabajador Autónomo (RETA), junto a esto, el vehículo se mantenía a su nombre hasta que …………… obtuviera la Tarjeta de Capacitación de Transportes, ……………. hacia un Contrato Laboral a D. Carlos Luis para que trabajara para él como conductor del camión.

Junto esto, y derivado de que el vehículo seguía a nombre de ……………., acordaron que todos los gastos y beneficios generados por el camión y la góndola serían de cargo del comprador de la misma. Por ello, decidieron abrir una Cuenta Corriente Conjunta en ……………. de la que ambos serían cotitulares para poder saber con exactitud los gastos y beneficios que se generaban, ya que había costes y facturas que asumía …………. (cuota de autónomos de …………… del camión, gastos de Gestoría)  que posteriormente debía pagar D……… porque en realidad esos costes los generaba él; así los gastos de Gasoil, era ……………. la persona que usaba el camión y que se quedaba con los beneficios del mismo, por lo que debía pagarlo él, o la cuota de autónomos de ……….. que se acordó que la pagaría el comprador al verse obligado mi representado a mantenerse de alta en el RETA para que …………….. pudiera trabajar con el camión, y así ocurría con los gastos de Gestoría derivados de gestiones fiscales que debe asumir ………………

Se aporta como Documento Nº .. contrato de Cuenta Corriente ……………….. en el que consta la cotitularidad de ambos.

Cuarto.- Pasados unos meses, después de que D. Carlos Luis obtuviera la Tarjeta de Capacitación de Transportes, habiendo comprobado en …………….. que no había ningún recibo, ni cantidad de vuelta en la Cuenta Corriente con titularidad conjunta que mantenían, y en el mismo día, 2 de noviembre de 2.012, en que el comprador pagaba una parte importante de lo estipulado en el contrato, pero no la totalidad, mi representado, con base en la buena fe, transfirió la titularidad del vehículo al demandado, lo hizo, a pesar de que quedaban cantidades grandes por pagar conforme al contrato de Compraventa Suscrito.

Que semanas después, cuál fue su sorpresa cuando se encontró que se habían devuelto varios recibos derivados del Gasoil que debía pagar el comprador del vehículo, así como ciertos gastos de la gestoría y cuotas de autónomos de …………………. que debían asumir el comprador del vehículo tal y como había hecho hasta ese día.

Se acompaña como Documento Nº  acreditación del cambio de Titularidad del Vehículo.

Se acompaña como Documento Nº  justificante de los Movimientos Bancarios desde el 19 de diciembre de 2.011.

Quinto.- Como se desprende de todo lo mencionado en los párrafos anteriores, D. Luis Carlos Gago Uría debe unas cantidades importantes a mi representado que a continuación detallamos.

Conforme a la estipulación SEGUNDA.- del contrato de compraventa se establece la forma de pago, la misma se llevaría a cabo:

  • 000 Euros a la firma del contrato.
  • 000 Euros el día 30 de septiembre de 2.012

El Impuesto del Valor Añadido se hará efectivo el mismo día de la entrega de los últimos 20.000 euros.

Posteriormente, estos plazos y la forma de pago cambiaron, debido a que el hoy demandado se oponía a pagar el Impuesto del Valor Añadido (IVA) tal y como exigía el contrato, y se entablaron una serie de conversaciones entre las partes para que se hiciera el con su correspondiente IVA. El pago no se realizo hasta el día 2 de noviembre de 2.012 (fecha en la que se produjo el cambio de titularidad del vehículo) emitiéndose dos facturas; un con número de factura Nº 1/2012/VE por un importe de TREINTA MIL OCHO ERUOS (30.008 €) incluyendo en esa cantidad el correspondiente IVA y la factura Nº 2/2012/VE, por importe de CINCUENTA MIL TRES EUROS CON VEINTICINCO CÉNTICMO (50.003,25 €).

Se acompañan como Documento Nº xxx  copias de las mencionadas facturas.

Que posteriormente a la realización de estos dos pagos, la parte compradora no ha hecho efectivo pago alguno, a pesar de las importantes sumas de dinero que le restan por pagar, al establecerse en el Contrato de Compraventa un precio de CIEN MIL EUROS más IVA, que hace un total de CIENTO VEINTIUN MIL EUROS (121.000 Euros) por lo que el comprador debe a mi representado la cantidad de CUARENTA MIL NOVECIENTES OCHENTA Y OCHO EUROS CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (40.988,75 €) IVA incluido

Es importante reseñar que D. Carlos Luis Gago Uría presentó el pasado 16 de noviembre de 2.012 denuncia por una presunta falta de Amenazas en la Comisaría Local de Ponferrada, que ha derivado en el Procedimiento Juicio de Faltas 365/2012 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 8 de Ponferrada, en la citada denuncia ……………..declara que ha comprado el camión a su jefe por la cantidad de 80.000 Euros (IVA incluido), lo cual como se desprende del contrato de compraventa de vehículo no es cierto, ya que la cantidad es superior, lo que sí es cierto es que el comprador ha pagado la cantidad de OCHETA MIL EUROS  (80.000 Euros). Esta parte entiende que tal denuncia ha sido interpuesta como método de presión a mi representado para que no que lleve a cabo esta Reclamación de Cantidad lo cual, debemos calificarlo como intolerable.

Se acompaña como Documento Nº. copia de la denuncia.

Sexta.- Que además de la cantidad anterior, el hoy demandado debe a mí representado la cantidad de SIETE MIL SETECIENTOS CUARETA Y NUEVE EUROS CON NOVENTA Y SEIS CÉNTIMOS (7.749,96 €) derivados, como ya mencionamos en el HECHO Tercero y Cuarto de la demanda, de los gastos que había venido asumiendo conforme a los pactos verbales a los que las partes habían llegado. Como se desprende de la Documentación Bancaria, el comprador fue pagando todos estos gastos sin ningún tipo de problema hasta que, sin mediar aviso, dejó de abonar.

Esta cantidad se debe por los siguientes conceptos:

……………energía (Gasoil) 3.922,79 Euros, pagado el día 22 de agosto de 2.012 y devuelto el día……….

……………… energía (Gasoil) 2.200,82 Euros, pagado el día 21 de septiembre de 2012 y devuelto el día….

…………….. 236,90 Euros, se corresponden con los pagos efectuados los días…… y que han sido devueltos

Cuota Mensual RETA Francisco Robles 1.389,71 Euros, que se corresponde a los pagos de los días…………….. y que fueron devueltos los días…..

Se aporta como Documento Nº…. requerimiento efectuado por la entidad bancaria el día

Séptimo.- Que mi representado ha intentado en varias ocasiones por medio de la negociación llegar un acuerdo con …………….. lo cual ha sido imposible por lo que nos hemos visto avocados a interponer la presente Demanda de Reclamación de Cantidad para poder ver satisfecha la deuda que se reclama.

A los anteriores Hechos son de aplicación los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

-JURÍDICO-PROCESALES-

– I –

CAPACIDAD PROCESAL Y REPRESENTACIÓN: Mi mandante, así como la parte demandada es mayor de edad, en pleno disfrute de sus derechos civiles por lo que, conforme disponen los artículos 6.1.1º y 7.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil tienen capacidad, por sí, para ser parte en este proceso y para comparecer en juicio.

– II –

POSTULACIÓN Y DEFENSA: El actor se encuentra representado por procurador habilitado para actuar en la demarcación de este Partido Judicial, representación que ha quedado acreditada con poder general para pleitos acompañado como documento nº 1 de la demanda, siendo redactada y firmada la misma por abogado ejerciente colegiado identificado en el encabezamiento de la presente, todo ello conforme disponen los artículos 23 y 31 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

– III –

LEGITIMACIÓN: Corresponde la legitimación activa a mi mandante ………… como acreedor de las cantidades debidas por …………….. con ocasión del contrato de Compraventa de Vehículo Usado (CAMIÓN Y GÓNDOLA), por el que mi representado vendía al demandado una Cabeza Tractora Marca ………………..y una Góndola Marca ……………; de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Corresponde la legitimación pasiva a ……………….. en su condición de deudor de las cantidades reclamadas en la presenta demanda.

– IV –

JURISDICCIÓN: Conforme dispone el artículo 9.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los Tribunales y Juzgados del orden civil conocerán, además de las materias que le son propias, de todas aquellas que no le estén atribuidas a otro orden jurisdiccional.

– V –

COMPETENCIA OBJETIVA: Corresponde a los Juzgados de Primera Instancia el conocimiento, en primera instancia, de todos los asuntos civiles que por disposición legal expresa no se hallen atribuidos a otros Tribunales, según disponen los artículos 85.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 45 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

VI –

COMPETENCIA TERRITORIAL: Es competente el Juzgado al que nos dirigimos, según dispone el artículo 55 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, Sumisión Expresa, al haber designado con precisión la circunscripción a cuyos tribunales se sometieran en el Contrato de Compraventa de Vehículo Usado.

-VII-

PROCEDIMIENTO: Versando la presente demanda sobre reclamación de cantidad superior a 6.000 euros, conforme establece el artículo 249.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, debe decidirse la misma por los trámites del juicio ordinario.

JURÍDICO-MATERIALES-

-VIII-

Por la cantidad generada en el curso de las relaciones comerciales mantenidas por mandante ……………… esto es, por CONTRATO DE COMPRAVENTA DE VEHÍCULO USADO (CAMIÓN Y GÓNDOLA) firmado en fecha de 20 de diciembre de 2011, ejercito acción de reclamación de cantidad en virtud del incumplimiento por parte de la demandada de la obligación de pago surgida de las relaciones contractuales anteriormente citadas.

Junto a lo anterior, ejercito acción de reclamación de cantidad por las cantidades debidas por parte de …………… a mi representado derivadas de los gastos de ……………… Gastos de Gestoría y Seguros Sociales de Autónomos que el demandado venía pagando al ser unos gastos generados por él mismo y que, si bien los vino abonando sin problema alguno durante meses, a partir del día …… dejo de abonarlos causa alguna.

-IX-

A dicha acción de reclamación de cantidad, resultan de aplicación los artículos 1.089 y 1.091 del Código Civil EDL 1889/1, así como, los artículos 1.254 y 1.258 y concordantes del Código Civil EDL 1889/1, todos ellos relativos a que las obligaciones nacen de la Ley y de los contratos y que dichas obligaciones tienen fuerza de ley entre las partes, obligando a su cumplimiento.

Asimismo, la parte demandada debe proceder al pago de la cantidad adeudada según lo dispuesto en los artículos 325 y siguientes del Código de Comercio EDL 1885/1 y en el 1.445 del Código Civil EDL 1889/1, relativos a la compraventa, pues es obvio que el deudor no ha cumplido con su obligación principal de pagar el precio.

En lo referente a los Contratos o pactos verbales, debemos reseñar que en los artículos mencionados anteriormente el Código Civil se establece la Libertad de forma en los contratos, siendo perfectamente válidos los contratos verbales o los pactos verbales como es en nuestro caso concreto. Así el Artículo 1254, “El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio.” y el Artículo 1255, “Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni al orden público”.

Que en estos contratos verbales deben concurrir como, en todo tipo de contrato, los requisitos dispuestos en el Artículo 1261 del Código Civil “No hay contrato sino cuando concurren los requisitos siguientes:

  • Consentimiento de los contratantes.
  • Objeto cierto que sea materia del contrato.
  • Causa de la obligación que se establezca.”

En nuestro caso los tres requisitos se dan sin ningún género de dudas.

En cuanto a la eficacia de los contratos o pactos verbales es claro el Código Civil, Artículo 1278, “Los contratos serán obligatorios, cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado, siempre que en ellos concurran las condiciones esenciales para su validez.” y el Artículo 1279, “Si la ley exigiere el otorgamiento de escritura u otra forma especial para hacer efectivas las obligaciones propias de un contrato, los contratantes podrán compelerse recíprocamente a llenar aquella forma desde que hubiese intervenido el consentimiento y demás requisitos necesarios para su validez”.

Establece la Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de Julio de 1.998, “al tratarse de unos pactos verbales , ha de acudirse al juego de las presunciones (artículo 1.253 del Código Civil EDL 1889/1 ) o vía de la llamada «presumptio hominis» o «presumptio facti» debiendo existir el enlace preciso y directo entre el hecho demostrado y el que se trate de deducir según las reglas del criterio humano que no son otras que las del raciocinio lógico (Sentencias del Tribunal Supremo de 25 de Enero de 1.988, 16 de Febrero de 1.989, 7 de Febrero de 1.990 y 17 de Mayo de 1.993).”

En cuanto a la fuerza probatoria de los Documentos Privados, establece la Ley 1/200 de Enjuiciamiento Civil, Artículo 326, “Fuerza probatoria de los documentos privados.

Los documentos privados harán prueba plena en el proceso, en los términos del artículo 319, cuando su autenticidad no sea impugnada por la parte a quien perjudiquen.

Cuando se impugnare la autenticidad de un documento privado, el que lo haya presentado podrá pedir el cotejo pericial de letras o proponer cualquier otro medio de prueba que resulte útil y pertinente al efecto.

Si del cotejo o de otro medio de prueba se desprendiere la autenticidad del documento, se procederá conforme a lo previsto en el apartado tercero del artículo 320. Cuando no se pudiere deducir su autenticidad o no se hubiere propuesto prueba alguna, el tribunal lo valorará conforme a las reglas de la sana crítica.

Cuando la parte a quien interese la eficacia de un documento electrónico lo pida o se impugne su autenticidad, se procederá con arreglo a lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Firma Electrónica.”

– X –

Corresponde a la parte demandada el pago de los intereses previstos en los artículos 1.108 del Código Civil EDL 1889/1 y 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil EDL 2000/77463 .

– XI –

Las costas han de imponerse a la demandada en virtud del principio objetivo de vencimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 394 de Ley de Enjuiciamiento Civil EDL 2000/77463

Por lo expuesto,

SUPLICO AL JUZGADO:  Que por el/la secretario/a judicial se tenga por presentado este escrito con los documentos acompañados y copias simples, lo admita, teniéndome por personado y parte en la representación acreditada de ………… y, por formulada la DEMANDAD SOBRE RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, acordando se sustancia por los trámites del juicio ordinario, dictándose en su día, por el Tribunal al que tengo el honor de dirigirme, previa la tramitación pertinente, Sentencia por la que se condene a la demandada ………………. a pagar la cantidad de CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO EUROS CON CUARENTA Y UN CÉNTIMO ( 48.738,41 €) más la cantidad correspondiente en concepto de intereses legales y procesales en los términos previstos por los artículos 1.108 del código  Civil y 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Es justicia que pido en Madrid a 24 de enero de 2013.

PRIMER OTROSÍ DIGO, que esta parte manifiesta su voluntad expresa de cumplir con todos y cada uno de los requisitos exigidos para la validez de los actos procesales y si por cualquier circunstancia esta representación hubiera incurrido en algún defecto, ofrece desde este momento su subsanación de forma inmediata y a requerimiento del mismo, todo ello a los efectos prevenidos en el artículo 231 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

SUPLICO AL JUZGADO, tenga por hecha la anterior manifestación y cumplidos los requisitos por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en el orden civil.

Es Justicia que reitero en lugar y fecha indicados “ut supra”.

O lugar donde pudiera ser hallado.

No debe exceder de 250.000 euros.

Indicar el origen de la deuda.

Documento acreditativo conforme a lo previsto en el artículo 812 de la Ley de Enjuiciamiento Civilartículo.812 Ley 1/2000 de 7 enero 2000 artículo.812

Documento acreditativo conforme a lo previsto en elartículo 812 de la Ley de Enjuiciamiento Civilartículo.812 Ley 1/2000 de 7 enero 2000 artículo.812.

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