La Audiencia Nacional anula un apartado del Código de Conducta del Santander por vulnerar el derecho a la intimidad de los empleados
La entidad obligaba a los trabajadores a informar de sus actividades profesionales con entidades no competidoras
Sucursal del Banco Santander (Foto: Wikipedia)
La Audiencia Nacional anula un apartado del Código de Conducta del Santander por vulnerar el derecho a la intimidad de los empleados
La entidad obligaba a los trabajadores a informar de sus actividades profesionales con entidades no competidoras
Sucursal del Banco Santander (Foto: Wikipedia)
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha anulado el apartado 4.3.1 del Código de Conducta del Banco Santander, el cual obligaba a toda la plantilla a comunicar a la empresa si desarrolla otras actividades profesionales por cuenta propia o ajena con entidades no competidoras, al entender la Sala que dicha directriz supone una intromisión en el derecho a la intimidad de los empleados, una vulneración que no puede justificarse por el interés empresarial de la entidad bancaria.
El Grupo Santander tiene un Código General de Conducta (CGC) implantado desde el año 2011, que ha sido objeto de actualización de manera constante en los últimos años. Dicho Código afecta a todos los profesionales que componen la plantilla, a los miembros de la alta dirección y a los miembros de los órganos de administración de las sociedades que conforman el Grupo Santander. El incumplimiento de cualquier disposición del CGC o de su normativa de desarrollo puede suponer medidas disciplinarias, además de las administrativas o penales si las hubiera.
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