Condenada por daños una empresa que cambió de horario e impidió la conciliación de dos trabajadores
La empleada pidió un cambio a otro departamento para poder mantener el horario que le permitiese cuidar a su hijo
Familia con bebé (Foto: E&J)
Condenada por daños una empresa que cambió de horario e impidió la conciliación de dos trabajadores
La empleada pidió un cambio a otro departamento para poder mantener el horario que le permitiese cuidar a su hijo
Familia con bebé (Foto: E&J)
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que obligaba a una empresa a pagar 6.000 euros a una empleada en concepto de daños y perjuicios por la denegación de la concreción horaria, en el marco de la conciliación familiar para cuidar a su hijo. El derecho a la conciliación fue reconocido por el TSJ y no se discutía. La cuestión a determinar por el Alto Tribunal era si correspondía la indemnización, como ha confirmado finalmente.
En este caso, una empleada con una reducción de jornada, por cuidado de un menor de 12 años, trabajaba en horario de tarde, hasta la medianoche de lunes a jueves y hasta las once de la noche los viernes. La empresa, previo acuerdo con el grueso de los trabajadores, adoptó una modificación sustancial de condiciones de trabajo colectiva, que se traducía en un cambio del horario comercial en el servicio de su departamento.
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