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El derecho a la desconexión digital no es un derecho fundamental

El TSJC desestima el recurso de un trabajador que reclamaba una indemnización de más de 100.000 euros a su empresa por no haber respetado su derecho a la desconexión digital

Teletrabajo (Imagen: E&J)

Pablo Montes

Periodista




Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




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El derecho a la desconexión digital no es un derecho fundamental

El TSJC desestima el recurso de un trabajador que reclamaba una indemnización de más de 100.000 euros a su empresa por no haber respetado su derecho a la desconexión digital

Teletrabajo (Imagen: E&J)



El derecho a la desconexión digital no es un derecho fundamental, aunque pueda limitar con el derecho a la salud o a la intimidad, y requiere un mayor desarrollo para adaptarse a los diferentes tipos de trabajo. Esto es lo que se desprende en una sentencia del Tribunal Superior de Cataluña en la que desestiman el recurso de suplicación interpuesto por el trabajador de una empresa que reclamaba una indemnización de más de 100.000 euros a su empresa por no haber respetado su derecho a la desconexión digital.

La sentencia, citada por el profesor del Derecho del Trabajo de la Universidad Jaume I, Francisco Trujillo, expone que el demandante trabajaba para una empresa que gestionaba las nóminas de decenas de empresas a nivel nacional e internacional. Tenía un cargo relevante y cobraba un salario bruto anual de 68.000 euros. En su contrato se contemplaba que trabajaría horas adicionales si la empresa lo consideraba necesario para cumplir con los objetivos, y que las horas extra serían debidamente compensadas. Trabajaba de forma presencial hasta que, tras la llegada de la pandemia, todos los trabajadores de la empresa comenzaron a teletrabajar. Según los hechos probados en la sentencia de instancia, el empleado envió el grueso de sus correos electrónicos en su horario de trabajo establecido y una décima parte en fines de semana o fuera del horario base. El demandante no transmitió ningún problema relacionado con los clientes o con dificultades en el trabajo.



Tras un proceso de incapacidad temporal derivado de enfermedad común, en un contexto de estrés laboral y con un agravamiento de la situación con pensamientos rumiativos acerca de su trabajo, el hombre, al que se le diagnosticó trastorno histriónico de la personalidad, denunció a la empresa por vulnerar su derecho a la desconexión digital.

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