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BBVA, Santander y Caixabank crean FrauDfense para la lucha conjunta contra el fraude financiero

Preservar la privacidad de los datos de los clientes, uno de los retos que deberá asumir esta nueva compañía

(Imagen: E&J)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 9 min

Publicado




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BBVA, Santander y Caixabank crean FrauDfense para la lucha conjunta contra el fraude financiero

Preservar la privacidad de los datos de los clientes, uno de los retos que deberá asumir esta nueva compañía

(Imagen: E&J)



Banco Santander, BBVA y CaixaBank se han unido para hacer frente a uno de los grandes retos a los que se enfrenta el sector bancario, el fraude financiero. Las tres entidades españolas están trabajando en herramientas para intercambiar información y datos relevantes que ayuden a prevenir el crimen financiero. Bajo el nombre de FrauDfense, se ha constituido la compañía que aglutinará iniciativas antifraude de las tres entidades y que ha sido presentada ante los diferentes supervisores y reguladores competentes.

En una primera fase, la alianza abordará la creación de una herramienta de intercambio de información que permitirá compartir ‘modus operandi’ fraudulentos y medidas de respuesta satisfactorias frente a ellos. En todo momento preservará la seguridad y la privacidad de la información compartida.



Expertos juristas consultados por Economist & Jurist creen que es una medida acertada y que puede tener un efecto expansivo en otros sectores de nuestra economía. Lo importante, aclaran es que se proteja bien la privacidad de los clientes si ahora van a estar sometidos a mayor vigilancia, comentan.

El proyecto abarca la lucha contra diferentes prácticas fraudulentas, que pueden ser muy diversas y sofisticadas, como el fraude de admisión, en el que se compromete información de los clientes suplantándolos para la contratación de productos, y el fraude digital o de pagos con tarjeta. Esta ambiciosa colaboración, que comenzará en España, estará abierta a la incorporación de otras empresas y entidades, tanto financieras como de otros sectores, interesadas en poner en común información contra el fraude, con el fin de proporcionar una mayor protección a los clientes, a las entidades y a la sociedad en general.



Carlos Requena será el director general de FrauDfense. El consejo de administración está compuesto por dos representantes de cada entidad: Carles Solé Pascual, chief information security officer (CISO) de Banco Santander España, y Daniel Barriuso, group chief transformation officer de Banco Santander;



Por su parte, Natalia Ortega, responsable global de Prevención del Crimen Financiero, y Sergio Fidalgo, responsable global de Seguridad Corporativa, en representación de BBVA, y Sofia Karapatsiou, directora de Gobierno del Fraude, y Lorenzo Malo, CISO de CaixaBank. Natalia Ortega, de BBVA, es la primera presidenta de FrauDfense, cargo que se irá renovando cada dos años entre los miembros de las tres entidades integrantes del proyecto.

Proteger bien a los consumidores

Según Javier Puyol, abogado y socio director de Puyol Abogados, es una iniciativa «bastante interesante y puede marcar la actuación en otros sectores empresariales”. Puyol es además, magistrado excedente, ex letrado del Tribunal Constitucional, exdirector de la Asesoría Jurídica Contenciosa del BBVA, consultor en tecnologías de la información y comunicación, administrador concursal, árbitro y mediador civil y mercantil, profesor universitario y académico de la Real Academia de Jurisprudencia.

Javier Puyol. (Foto: E&J)

En su opinion “hasta ahora lo que ha existido son  movimientos de estas entidades de forma individual y escasas conexiones. Ahora  se quiere dejar claro que se quiere luchar contra el fraude financiero de forma global y que se tienen que poner los medios por estas entidades para luchar con este fraude financiero que es una lacra importante para los negocios de estas y otras entidades financieras”.

En este contexto, este jurista revela que “hay un tema importante que en la lucha contra el fraude tiene un tratamiento distinto que con relacion a los datos de carácter personal. Esto supone que en las relaciones comerciales con los clientes hay limites en el RGPD y la Ley 4/2018 de Privacidad, pero en relación con la lucha el fraude lo que hay es una  base de legitimación amplia para las entidades financieras que pueden implementar aquellos  medios para luchar contra este tipo de conductas irregulares”

A su juicio “trabajar de esta forma más coordinada, es sin lugar a dudas, un paso adelante para la lucha contra el fraude financiero. La nueva compañía que surge tendrá que respetar  la normativa de privacidad en cuanto a los datos personales que manejan de sus clientes y al mismo tiempo habrá que marcar líneas rojas porque estas compañías nacen con un propósito pero luego tienen un caractar expansión a medio y largo plazo”:

Desde su punto de vista  en este escenario “ la AEPD tendrá que estar vigilante ante la actuación de este tipo de compañías y la tecnología que emplean para que se dediquen al fraude financiero y no con la excusa de ello puedan hacer una monetización global de todos los clientes. Deben delimitar bien su objeto porque el fraude financiero está alcanzado unos niveles desorbitados en los últimos años

A este respecto, este jurista es consciente que en muchas ocasiones esta situación de fraude implica a un cliente y genera una judicialización del conflicto con ambas partes enfrentadas. “En este proyecto lo que va a hacer falta es una normativa que ponga orden entre el derecho de los consumidores y la búsqueda del fraude por parte de las entidades. Ahí hay una laguna legal que no esta del todo regulado”.

Puyol recuerda que “el fraude es un concepto jurídico indeterminado que lo abarca todo, pero eso no puede ser excusa para que haya una sobrevigilancia de todos los clientes por parte de estas entidades financieras como consecuencia de la lucha contra el fraude. Al final se puede invadir la privacidad o intimidad del consumidor”.

Puyol, hace años, exdirector de los servicios contenciosos del BBVA llevo en esa etapa “muchas cosas sobre la defensa jurídica antifraude. En un determinado momento luchamos contra el fraude existente en las tarjetas de débito y crédito que era bastante notable, lo que nos propusimos fue una campaña de persecución en la que nos personábamos en os procedimientos aunque no hubiera resultados positivos”

Contar con un defensor del cliente

Por su parte, Carlos Ballugera, presidente del Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU) cree  que “la iniciativa será positiva en cuanto proteja a los clientes de suplantaciones de identidad y aumente la seguridad a la hora de operar con sus bancos. En cuanto a la persecución del fraude generado por los mismos clientes es también una iniciativa importante para evitar, prevenir y perseguir el blanqueo de capitales”.

En cuanto a la protección de los derechos de los consumidores, ese experto señala que “es difícil que una persona consumidora actúe en condición de tal en las operaciones fraudulentas relacionadas con el blanqueo de capitales y la obtención ilícita de fondos. “Sin embargo, para las personas consumidoras es beneficiosa en cuanto aumente la seguridad y la identificación segura de las partes en sus operaciones, a lo que puede contribuir la implantación de la firma electrónica reconocida entre bancos y clientes”, advierte.

A su juicio, “a la hora de aumentar la vigilancia sobre la operativa de los clientes es necesario preservar su derecho a la protección de datos y garantizar que no se va a producir un uso comercial de la información obtenida en las investigaciones antifraude”. Para Ballugera es evidente que esta medida puede tener un efecto domino  y extender la iniciativa todo tipo de clientes “el riesgo existe y no se puede minusvalorar».

Carlos Balluguera. (Foto: E&J)

Desconocemos los términos del acuerdo de los tres bancos, cómo van a transferir los datos del banco a FrauDfense y que normativa amparará esa transferencia, no sabemos qué tipos de operaciones se considerarán sospechosas o indiciarias de fraude y por eso sujetas a la vigilancia especial que se va a implantar”.

Desde su punto de vista, “antes de empezar a actuar  deberían despejarse esas incógnitas y permitir un control institucional de la operativa de la nueva compañía por un defensor del cliente persona consumidora obligado a defender los intereses de estos clientes. “Ese defensor debería tener una trayectoria objetivamente en favor de las personas consumidoras, la cual puede venir avalada por su vinculación a alguna asociación consumerista”.

Para el presidente del CCU “se trataría de evitar que con fines ocultos se quiera vigilar a toda la clientela. Para proteger a las personas consumidoras habrá que distinguir y diferenciar, lo que tiene que ser por medio de un protocolo público y vinculante sobre estas actividades de investigación, actividades en las que las personas consumidoras habrán de tener alguna posibilidad de intervención y control

Este jurista considera que “por último, hay que prever un procedimiento rápido y sencillo de resarcimiento efectivo a favor del cliente que haya sufrido investigaciones indebidas o abusivas, procedimiento que debe de iniciarse y sostenerse a iniciativa del propio banco”.

A juicio del presidente del CCU “dicho procedimiento deberá ser público, sin perjuicio de que en el mismo se asegure, para el buen desarrollo de la investigación, la reserva necesaria. Dicho eso, la conjugación de esos propósitos contrapuestos, control y reserva, no es fácil y estaremos atentos a que las soluciones y procedimientos que se instrumenten por la nueva compañía atienda a esas garantías”.

Desarrollo de políticas de compliance comunes

Por su parte, Oscar Morales socio de Morales Abogados Penalistas, “la apuesta de estos grandes bancos por esa nueva sociedad revela un interés por abordar el problema del fraude financiero. No olvidemos que se enfrentan a responsabilidades de naturaleza civil importantes derivadas del uso del sistema financiero por parte de los consumidores. Es el caso de las tarjetas de crédito o la propia banca online por el mal funcionamiento”.

Desde su punto de vista este intercambio de información que se plantea sobre qué medidas de seguridad son las más apropiadas para frenar este tipo de irregularidades trata de evitar la comisión de esos delitos por los que las entidaddes financieras responderán civilmente, con lo cual su credibilidad ante el consumidor queda en entredicho. La apuesta de FrauDfense es acertada con beneficios tanto para el consumidor como las propias entidades bancarias”.

Al final, la suma de los clientes de BBVA, Santander y Caixabank “supone cerca de 300 millones de clientes que van a verse beneficiados de esa apuesta conjunta. Es factible que con esta implementación de estas herramientas la litigiosidad  y los asuntos que acaban en los tribunales que enfrentan a los clientes con estas entidades financieras disminuyan. Cabe la posibilidad que estos grandes bancos utilizasen esta asociación para evitar verse incriminados en esos asuntos y acreditar que no pueden hacer más y el usuario debe soportar las perdidas del uso de esas tecnología que la entidades ponen a su disposición”.

Sin embargo para Morales “por encima de esta situación, estas compañías quieren fidelizar a sus clientes. Es previsible que este intercambio de información que se ponga en marcha genere políticas de intercambio comunes. Seria lo razonable que se creasen dichos protocolos de seguridad comunes a ambas entidades a través de dicha compañía nueva. Eso contribuirá a una mayor robustez a la actividad de estas compañías, con lo cual se trataría de evitar que su propia responsabilidad penal estuviera comprometida”.

Desde su punto de vista “si van a sumar a otros operadores a esta iniciativa, creo que deberían contar con nuestras fuerzas de seguridad que tienen analizadas muchas modalidades delictivas, sobre todo asociadas a tecnologías, el propio SEPBLAC, como órgano de prevención de blanqueo de capitales e integrar despachos de abogados especialistas que puedan contribuir a desarrollar esas nuevas tecnologías contra el fraude y normativa jurídica adecuada”.

Oscar Morales, socio director de Morales Abogados Penalistas. (Foto: E&J)

Para Morales “uno de los retos es el de la gestión de la información de sus clientes a nivel de protección de datos y como se va utilizar en la propia nueva compañía que ahora se crea. Es importante informar a los consumidores que se están utilizando sus datos personales y que podría haber una cesión de dichos datos a esa nueva compañía. No cabe duda que esta iniciativa es previsible que se exporte a otros sectores de la economía para luchar contra el fraude”.

Hay que respetar la privacidad del cliente

Otro experto como Alfonso Trallero, socio director de la boutique penal Trallro abogados quien subrayaque “es una iniciativa interesante que bien gestionada puede ser muy útil. Sin embargo preocupa la privacidad de los datos de los clientes, en cuanto a cómo se va gestionar las conclusiones a las que lleguen estas entidades con esas herramientas informáticas en materia de prevención de riesgo de fraude”.

Para este experto “ya tenemos un precedente preocupante. Nos consta que ya se aplica por las entidades financieras españolas protocolos de rechazo de clientes por riesgos reputacionales o de posible relaciones de estos clientes con hechos de blanqueo de capitales o hechos que se están investigando. Algunos de esos clientes nos informan que han recibido notificaciones de su banco de toda la vida invitándoles a dejar dicha entidad sin explicaciones”

A su juicio, “si ya funciona esta operativa y no se da ninguna explicación al cliente y no se aclaran esas razones, nos preocupa que con esta nueva iniciativa tengamos otro salto cualitativo y volvamos a otro tipo de exclusiones de los clientes del propio circuito financiero cuando no hay una sentencia firme sobre el tema. Es una pena que se impone desde los propios bancos y eso es bastante preocupante. Debería evitarse cualquier colisión con los derechos de los consumidores financieros”.

Trallero recuerda que “en este tipo de situaciones la Ley de Protección de Datos permite esa cesión de datos desde el interés legítimo y en supuestos de prevención de fraude o comportamientos delictivos. Una suplantación de identidad es un delito; un cargo indebido a ese consumidor es otro delito. En esos supuestos está amparado la cesión de datos por ese fin delictivo. El problema está en que para evitar ese hecho delictivo estes haciendo un pronóstico de peligrosidad de esa persona y no se explique al interesado y no tenga explicaciones de las razones que se plantean”.

Alfonso Trallero, socio director de Bufete Trallero. (Foto: E&J)

Desde su punto de vista es previsible que “los asuntos que se judicializan entre banco y cliente disminuyan en este nuevo escenario que se crea con la puesta en marcha de esta nueva compañía. Sin embargo estos asuntos tienen detrás e el componente de lo seguros en esa relación con sus bancos. En muchos casos la idea es ahorrarse los costes elevados que tiene el fraude para las propia compañías de seguros, responsable final de esos fraude financieros”

Al mismo tiempo subraya que “parece que se van a crear políticas de compliance comunes entra estas entidades financieras. Es razonable y nadie puede poner ninguna pena a esa operativa. Habrá que ver si este modelo sobre el fraude financiero se puede replicar en otras actividades económicas. Es un escenario previsible que se exporte. Con esta iniciativa se pretende minimizar los costes que generan estas actividades de fraude financiero”

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