Responsabilidad Civil por la vulneración del derecho al honor en las redes sociales
Las personas que han sido insultadas o faltadas al respeto están legitimadas a reclamar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos
(Ima: E&J)
Responsabilidad Civil por la vulneración del derecho al honor en las redes sociales
Las personas que han sido insultadas o faltadas al respeto están legitimadas a reclamar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos
(Ima: E&J)
Como es de conocimiento general, hoy en día resulta mayoritario entre la población el uso cotidiano de las redes sociales, siendo probablemente las más conocidas y utilizadas en España: Instagram, Facebook y Twitter. Asimismo, resulta muy habitual encontrar en la mayoría de las redes sociales comentarios de usuarios en los que se insulta a otras personas o bien se les falta al respeto de algún modo; es decir, hechos que pueden ser considerados como vulneraciones del derecho al honor de las personas a las que hacen alusión dichos comentarios.
No obstante, es poco conocido el hecho de que, en caso de producirse una vulneración del derecho al honor en las redes sociales, además de las posibles consecuencias penales que ello podrían acarrear, y al igual que sucede cuando la vulneración se produce en algún medio de comunicación, ello legitima a los afectados a reclamar responsabilidad civil a los causantes de dicha vulneración, así como la consiguiente indemnización por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de la misma.
Así, en primer lugar, cabe recordar que el derecho al honor se encuentra reconocido del siguiente modo en el artículo 18.1. de la Constitución Española: “Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.”
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