La Audiencia Provincial de Granada dicta una condena más severa contra el hombre cuyo juicio ordenó repetir el TSJA
El TSJA concluyó en mayo que el veredicto del jurado no motivaba por qué ignoraron las testificales de la familia del acusado o los testimonios de los profesionales que consideran que tiene una enfermedad mental
Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla. (Imagen: Archivo)
La Audiencia Provincial de Granada dicta una condena más severa contra el hombre cuyo juicio ordenó repetir el TSJA
El TSJA concluyó en mayo que el veredicto del jurado no motivaba por qué ignoraron las testificales de la familia del acusado o los testimonios de los profesionales que consideran que tiene una enfermedad mental
Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla. (Imagen: Archivo)
La Audiencia Provincial de Granada ha condenado a 28 años y cuatro meses de prisión al hombre que asesinó a una joven de 29 años que trabajaba en la empresa de su padre. Esta sentencia, adelantada por el Diario Ideal, supone un año más de pena privativa de libertad que la dictada anteriormente en un proceso que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía obligó a repetir al no considerar suficientemente motivado el fallo por parte del tribunal del jurado.
El TSJA concluyó en mayo que el veredicto del jurado, que ahora ha descartado que el hombre se encontrase afectado por un brote psicótico, no motivaba por qué ignoraron las testificales de la familia del acusado o los testimonios de los profesionales que consideran que tiene una enfermedad mental. Tras esa resolución, el juicio se ha tenido que repetir íntegramente, con un jurado y un presidente del tribunal del jurado distinto.
La postura del Ministerio Fiscal en este proceso ha sido oscilante. Si, en un principio, en la preparación del primero de los juicios, abogaba por la aplicación de una eximente o una atenuante cualificada, un fiscal distinto a la que había seguido el proceso concluyó que no cabía apreciar que el hombre estuviese bajo el efecto de un brote psicótico. Esa ha sido la postura mantenida en este segundo juicio, en el que se ha alineado con las acusaciones solicitando hasta 29 años de prisión.
La sentencia del TSJA 130/2023, a la que tuvo acceso Economist & Jurist, señalaba que los diferentes facultativos que trataron con el acusado no expresaron visiones coincidentes en la valoración del mismo y expusieron “con brillantez y persuasión claves antagónicas para valorar y decidir sobre la imputabilidad del acusado. Ciertamente se lo pusieron difícil (al jurado), pues cualquier decisión que se adoptara se enfrentaría a un relato argumental bien construido”. La defensa no solicitó la revocación de la sentencia (la apreciación por la Sala de la eximente, completa o incompleta), sino la nulidad, que acabó determinando la repetición del juicio.
“La desatención de la prueba testifical y la insuficiencia de razones muestran una motivación defectuosa que conduce a “la nunca deseable decisión de anular el veredicto, con la tan gravosa consecuencia de la celebración de un nuevo juicio”, concluyó el TSJA.
En ese nuevo juicio el hombre ha sido condenado a 25 años de prisión por el delito de asesinato, otros tres años por el delito de robo con violencia y a cuatro meses más por resistencia a los agentes que le detuvieron, según recoge también Europa Press.
Los hechos
En una localidad de Granada, en febrero de 2021, el acusado, portando un cuchillo, se dirigió a la empresa en la que trabajaba, propiedad de su padre y la emprendió contra la compañera de trabajo designada como responsable de la gestión de la empresa. Allí le lanzó un adoquín a la cabeza, la arrastró por el suelo, la acuchilló en repetidas ocasiones, le tiró una maceta, la golpeó con un sillón, le estampó en la cara un tarro de cristal, le arrojó un recipiente de plástico de grandes dimensiones y la roció con el polvo químico de un extintor. Antes de irse, se quedó con el teléfono móvil de la víctima y la dejó encerrada.