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Jurisprudencia

Condenado a seis meses de cárcel y una indemnización de 617.000 euros un abogado que se apropió de una herencia

La Audiencia Provincial de Madrid le considera responsable de un delito de apropiación indebida

Audiencia Provincial de Madrid. (Imagen: E&J)

Tiempo de lectura: 3 min



Jurisprudencia

Condenado a seis meses de cárcel y una indemnización de 617.000 euros un abogado que se apropió de una herencia

La Audiencia Provincial de Madrid le considera responsable de un delito de apropiación indebida

Audiencia Provincial de Madrid. (Imagen: E&J)



La Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a un abogado a seis de prisión y a tres meses de multa, con una cuota diaria de diez euros, como responsable de un delito de apropiación indebida por quedarse con el dinero que debía percibir una mujer en concepto de una herencia familiar. El fallo de la sentencia también establece que indemnice a la víctima en 617.263 euros más los intereses legales correspondientes desde la fecha de los hechos.

Esta resolución aún no es firme y para su impugnación puede formularse el correspondiente recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.



Según se explica en la sentencia, el acusado, Pedro G. R., abogado en ejercicio, fue asesor legal de Francisco Jesús C. M., a quién se le nombró albacea, contador, partidor de la herencia de su tío Alberto C. de la I. En dicho testamento se nombraba heredera universal de todos sus bienes, derechos y acciones, a su nieta, la querellante Silvia C. G., y por vía de legado se reconocía a sus hijos Alberto y Javier C. Climent, la legitima estricta.

En los hechos probados se explica que “fallecido el causante el día 8 de abril de 2007, el citado albacea encargó realizar el cuaderno particional de la herencia a su abogado, Pedro G. R., conteniendo el inventario y avalúo del caudal relicto y partición de la herencia”.

Los bienes inventariados ascendieron a 2.188.563 euros, constando en la citada escritura la expresa voluntad de la heredera universal, Rosa Silvia C. G., que Francisco Jesús C. M., intervenga y realice las funciones del albaceazgo encomendadas por el testador. El inventario de dicho cuaderno particional se dividía en bienes muebles, consistentes en depósitos bancarios, que ascendían a 1.768.517 euros. La herencia tenía un pasivo de 42.242 euros, siendo el valor neto de la herencia 2.146.321.



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