Denuncia por delito de robo con intimidación y suspensión de ejecución por un plazo de dos años
Se solicita posterior suspensión extraordinaria de ejecución por drogodependencia en la comisión de los ilícitos
(Foto: E&J)
Denuncia por delito de robo con intimidación y suspensión de ejecución por un plazo de dos años
Se solicita posterior suspensión extraordinaria de ejecución por drogodependencia en la comisión de los ilícitos
(Foto: E&J)
- FECHA DE RESOLUCIÓN DEL CASO: 07-09-2021
- Materia: Derecho Penal
- Especialidad: / Derecho Penal / Delitos / Contra el patrimonio / Robo
- Número: 13956
- Tipo de caso: Caso Judicial
- Voces: De los robos, El robo con violencia e intimidación, ROBO CON VIOLENCIA O INTIMIDACIÓN
Documentos originales presentados
El caso
Supuesto de hecho.
El día 2 de octubre de 2018, Ana se hallaba en compañía de su amiga a la altura del Centro comercial. En un momento determinado, Adrián se acercó a las mencionadas con la excusa de pedir fuego, prestándole Ana su mechero, el cual le devolvió. Posteriormente, habiéndose despedido Ana de su amiga para tomar el autobús hacia xx y dirigiéndose ésta hacia la estación de autobuses, Adrián, con clara intención de hacerse indebidamente con lo ajeno, se aproximó, de nuevo, a Ana y tapándose éste parcialmente la cara con la camiseta que vestía, dejando al descubierto tres tatuajes muy característicos que presentaba en el vientre, le exigió dinero a la anterior diciéndole: «dámelo y no te pincho. Dame el dinero y no te pincho» tirando seguidamente del asa del bolso que esta llevaba hasta conseguir arrebatárselo.
Ana llevaba en el bolso que le fue arrebatado documentación personal, la cual junto con el bolso, se ha tasado pericialmente en la cantidad de 73 €. Presenta denuncia por robo con intimidación en dependencias policiales.
Objetivo. Cuestión planteada.
El objetivo del cliente, acusado, es que no se imponga pena alguna y acordar la libre absolución, con las consecuencias legales inherentes al pronunciamiento invocado.
La estrategia. Solución propuesta.
La estrategia del abogado es alegar:
- El acusado no ha tenido ninguna participación en los hechos que se mencionan, además de que los hechos relatados no son constitutivos de delito alguno. Sin delito no puede hablarse de autoría ni de ninguna otra forma de participación, ni cabe pronunciarse sobre circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
- Que sufría de una drogodependencia, que le redujo la capacidad intelecto-volitiva.
El procedimiento judicial
- Orden Jurisdiccional: Penal
- Juzgado de inicio del procedimiento: Juzgado de lo Penal
- Tipo de procedimiento: Juicio Oral
- Fecha de inicio del procedimiento: 02-10-2018
Partes
Denunciante
- Ana
Acusación Pública
- Ministerio Fiscal
Acusado
- Adrián
Peticiones realizadas
Acusación Pública
Se solicita la apertura del Juicio Oral alegando que los hechos narrados son constitutivos de un delito de robo con intimidación del artículo 242.1 del Código Penal, de los que el acusado responde de autor según el artículo 28 del Código Penal, no concurriendo circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Así, se solicita imponer al acusado la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena (art. 56 CP) y costas. Asimismo, el acusado deberá indemnizar a Ana en 73 euros correspondientes a los efectos sustraídos y no recuperados.
Acusado
Solicita que no se imponga pena alguna y acordar la libre absolución del encausado, con las consecuencias legales inherentes al pronunciamiento invocado, ya que el acusado no ha tenido ninguna participación en los hechos que se mencionan, además de que los hechos relatados no son constitutivos de delito alguno.
Argumentos
Acusación Pública
El día 2 de octubre de 2018, Ana se hallaba en compañía de su amiga a la altura del Centro comercial. En un momento determinado, el acusado se acercó a las mencionadas con la excusa de pedir fuego, prestándole Ana su mechero, el cual le devolvió. Posteriormente, habiéndose despedido Ana de su amiga para tomar el autobús hacia xx y dirigiéndose ésta hacia la estación de autobuses, el acusado, con clara intención de hacerse indebidamente con lo ajeno, se aproximó, de nuevo, a Ana y tapándose éste parcialmente la cara con la camiseta que vestía, dejando al descubierto tres tatuajes muy característicos que presentaba en el vientre, le exigió dinero a la anterior diciéndole: «dámelo y no te pincho. Dame el dinero y no te pincho» tirando seguidamente del asa del bolso que esta llevaba hasta conseguir arrebatárselo.
Ana llevaba en el bolso que le fue arrebatado documentación personal, la cual junto con el bolso, se ha tasado pericialmente en la cantidad de 73 €.
Los hechos narrados son constitutivos de un delito de robo con intimidación del artículo 242.1 del Código Penal.
Acusado
El acusado no ha tenido ninguna participación en los hechos que se mencionan, además de que los hechos relatados no son constitutivos de delito alguno. Sin delito no puede hablarse de autoría ni de ninguna otra forma de participación, ni cabe pronunciarse sobre circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
Así, no procede imponer pena alguna y sí acordar la libre absolución del encausado, con las consecuencias legales inherentes al pronunciamiento invocado.
Normas y artículos relacionados
Documental aportada
Acusación Pública
- Documental por lectura de los siguientes folios de las actuaciones: 2 a 10, 15 a 18, 19 a 22, 24 , 23, 26, 27, 34 a 43, 104, 105, 176, 183, 184.
Acusado
- Lectura de los folios 176-177.
Prueba
Prueba documental, testifical, pericial e interrogatorio del acusado.
Estructura procesal
Las actuaciones se iniciaron en virtud del atestado instruido como diligencias previas por el Juzgado de Instrucción. Practicadas las oportunas diligencias, el juicio se celebró el día de su fecha, con la presencia del acusado dándose cumplimiento a todas las formalidades legales.
El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas estimó los hechos constitutivos de un delito de robo con violencia, previsto y penado en el artículo 242.1 y 3 del Código Penal, reputando responsable del mismo en concepto de autor al acusado, concurriendo la atenuante del artículo 21.2º del CP, interesando fuera condenado a la pena de 9 meses de prisión con accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y el aborto de las costas procesales.
Por la defensa del acusado y por el mismo, se manifestó su conformidad con los hechos relatados en la acusación formulada por el Ministerio Público y con la pena solicitada. Interesada que fue por la defensa la suspensión de la ejecución, fue acordada en el acto tras el informe del Ministerio Fiscal.
Con fecha 14 de diciembre de 2022, se solicita la suspensión extraordinaria de la pena privativa de libertad por drogodependencia en el momento de la comisión de los ilícitos. En Auto de fecha 12 de enero de 2023, se suspende la ejecución de la pena de dos años por plazo de cinco años , condicionada a que el penado no vuelva a delinquir durante el plazo indicado.
Resolución Judicial
Fecha de la resolución judicial: 07-09-2021
Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial:
Condena a Adrián como autor criminalmente responsable de un delito de robo con violencia, concurriendo la atenuante del artículo 21.2º del CP, a la pena de 9 meses de prisión con accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y el abono de las costas procesales.
Se acuerda la inmediata puesta en libertad del condenado, así como la suspensión de la ejecución de la pena de prisión por lazo de dos años a condición de que durante dicho plazo no cometa hecho delictivo alguno.
Fundamentos jurídicos de la resolución judicial:
El acusado, Adrián, mayor de edad y sin antecedentes penales,tras observar que Dña. M se disponía a entrar en un inmueble, con ilícito ánimo de enriquecimiento, le arrebató de un fuerte tirón el bolso que llevaba colgado al hombro emprendiendo rápidamente la huida aI volante de un vehículo. El citado vehículo y el acusado, da la colaboración del testigo R, fue localizado por miembros del Cuerpo Nacional de Policía en las proximidades de xx, siéndole ocupado en su poder el monedero de Dña M mientras que el bolso fue hallado en el referido turismo. El bolso y su contenido fueron recuperados. La víctima resultó ilesa y no reclama. El acusado en el momento de la comisión de los hechos tenía sus facultades intelectuales y volitivas mermadas a consecuencia del consumo de drogas tóxicas y sustancias estupefacientes.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 787.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, antes de iniciarse la práctica de la prueba, con la aquiesencia del acusado presente, podrá pedirse al Tribunal que proceda a dictar Sentencia de conformidad con la acusación mantenida, y si la pena no excediera del límite Iegal, el Tribunal dictará Sentencia de estricta conformidad con la aceptada por las partes. No excediendo la pena solicitada de seis años de prisión, y concurriendo cada uno de los requisitos fijados en los apartados siguientes del referido precepto procede dictar Sentencia de conformidad con lo pedido por ambas partes, Ministerio Fiscal y Defensa. Toda persona responsable criminalmente de un delito, lo es civilmente y, además, debe ser condenado al pago de las procesales causadas.
Jurisprudencia
- Audiencia Provincial de Sevilla, núm. 220/2006, de 19-04-2006. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 122522
- Audiencia Provincial de Sevilla, núm. 220/2006, de 19-04-2006. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 1425850
- Audiencia Provincial de Valladolid, núm. 85/2005, de 21-03-2005. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 226776
- Audiencia Provincial de Madrid, núm. 2/2020, de 07-01-2020. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71958080
- Audiencia Provincial de Islas Baleares/Illes Balears, núm. 61/2006, de 29-06-2006. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 274067
- Audiencia Provincial de Tarragona, núm. 186/2009, de 18-05-2009. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 326411
- Audiencia Provincial de Madrid, núm. 124/2007, de 05-11-2007. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 1623359
- Audiencia Provincial de Barcelona, núm. 260/2008, de 01-04-2008. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 1532196
- Audiencia Provincial de Valladolid, núm. 403/2019, de 29-07-2019. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 71473915
- , núm. 157/2013, de 28-05-2013. CasosReales.Jurisprudencia. Marginal: 69337592
Biblioteca
Libros
- La aplicación de la teoría del caso y la teoría del delito en el proceso penal acusatorio
- Tratado de política criminal. Tomo I. Fundamentos científicos y metodológicos de la lucha contra el delito
Artículos jurídicos
- ¿Cómo podemos evitar el robo domiciliario? (marzo 2005)
- Análisis de los delitos de hurto y robo tras la reforma del Código Penal. Ley Orgánica 1/ 2015 de 30 de marzo (marzo 2019)
- Consejos prácticos para evitar los robos en despachos y viviendas (2ª quincena febrero 2005)
- Intermediación Inmobiliaria. Los mejores sistemas para evitar que nos roben la comisión (febrero 2008)
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- Delito de robo con violencia. Agravante de reincidencia. Derecho a la presunción de inocencia.
- Delito de robo con violencia e intimidación al sustraer medicamentos y dinero en efectivo de una farmacia. Atenuante calificada de drogadicción. Sentencia condenatoria con conformidad del acusado y solicitud de suspensión de la ejecución de la pena.