No cabe legalmente que peatones y bicicletas circulen por un mismo espacio
(Imagen: E&J)
No cabe legalmente que peatones y bicicletas circulen por un mismo espacio
(Imagen: E&J)
Tribunal Supremo Sala Tercera – 10/04/2014
Se declara no haber lugar al recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento demandado contra sentencia estimatoria de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, sobre impugnación de la Ordenanza indicada.
La sala declara que tiene razón la sentencia recurrida cuando observa que los apartados 55 y 56 del Anexo I de la Ley de Tráfico, relativos a las categorías de «acera» y «zona peatonal», no dejan lugar a ninguna duda sobre el destino exclusivo de esos espacios para los peatones.
Y a partir de este punto, huelga cualquier discusión sobre la eventual utilización compartida de un mismo espacio por peatones y ciclistas, pues se trata de algo legalmente no permitido.
Puede leer el texto completo de la sentencia en Marginal: 2451597