La Caixa, condenada tras intentar justificar un TAE abusivo por el uso arriesgado del dinero
"Las circunstancias excepcionales podrían justificar un interés que rebasase los seis puntos", señala el Supremo
CaixaBank. (Imagen: CaixaBank)
La Caixa, condenada tras intentar justificar un TAE abusivo por el uso arriesgado del dinero
"Las circunstancias excepcionales podrían justificar un interés que rebasase los seis puntos", señala el Supremo
CaixaBank. (Imagen: CaixaBank)
El hecho de que el dinero de obtenido a través de un contrato de crédito de la modalidad revolving sea utilizado en apuestas no es una circunstancia excepcional que justifique un interés TAE superior a seis puntos respecto al interés normal del dinero. Al menos en el caso de que el banco desconozca la finalidad en el momento de la contratación. Esto es lo que determina el Tribunal Supremo al estimar el recurso de casación de un consumidor y declarar nulo un contrato revolving de La Caixa.
La tarjeta establecía tres tipos de interés distintos dependiendo de la operación: 29,32%, 28,32% y 26,07%. El demandante subrayaba que se trataba de un TAE medio notablemente superior al interés normal del dinero y, con fundamento en el artículo 3 de la Ley de Represión de Usura, solicitaba la nulidad del contrato de la tarjeta de crédito y la condena a la demandada a reintegrar lo abonado en concepto de intereses.
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