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La madre de un trabajador migrante de la UE puede pedir prestación de asistencia social sin que ponga en cuestión su derecho de residencia

Así lo ha dictaminado la Gran Sala del TJUE en una reciente sentencia

Una sentencia del TJUE sobre jueces italianos abre la puerta a la regularización de los jueces sustitutos en España. (Imagen: TJUE)

Rosalina Moreno

Redactora jefa




Tiempo de lectura: 8 min

Publicado




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La madre de un trabajador migrante de la UE puede pedir prestación de asistencia social sin que ponga en cuestión su derecho de residencia

Así lo ha dictaminado la Gran Sala del TJUE en una reciente sentencia

Una sentencia del TJUE sobre jueces italianos abre la puerta a la regularización de los jueces sustitutos en España. (Imagen: TJUE)



La madre de un trabajador migrante de la Unión Europea que esté a cargo de éste puede solicitar una prestación de asistencia social sin que dicha solicitud ponga en cuestión su derecho de residencia. Así lo ha declarado la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en una reciente sentencia (asunto C‑488/21), a la que puede acceder pinchando aquí.

El Tribunal, integrado por 15 jueces al actuar en Gran Sala, destaca que un ascendiente directo a cargo de un trabajador ciudadano de la Unión es beneficiario indirecto de la igualdad de trato que debe concederse a dicho trabajador. Y señala que una normativa nacional que permite denegar la concesión de una prestación de asistencia social al ascendiente directo es contraria al Derecho de la Unión.



Responde así a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal de Apelación de Irlanda –Court of Appeal– en julio de 2021.

Con arreglo al Derecho de la Unión, algunos miembros de la familia, incluidos los progenitores a su cargo, pueden reunirse con un trabajador de la Unión desplazado en el Estado miembro en el que éste viva y trabaje. 



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