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Actualidad

El incremento del salario mínimo para las limpiadoras no puede absorber horas extras ni pluses

El Supremo ha respaldado a los sindicatos que demandaban a las empresas de limpieza por cuestiones referentes al SMI

(Imagen: E&J)

Sara Zarzoso

Redacción E&J




Tiempo de lectura: 2 min



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El incremento del salario mínimo para las limpiadoras no puede absorber horas extras ni pluses

El Supremo ha respaldado a los sindicatos que demandaban a las empresas de limpieza por cuestiones referentes al SMI

(Imagen: E&J)



Las empresas dedicadas al sector de la limpieza no podrán absorber complementos retributivos, tales como las horas extra, los pluses por kilometraje o las dietas mediante la subida del salario mínimo interprofesional (SMI). Así lo ha declarado el Tribunal Supremo al confirmar la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana que respaldaba a los sindicatos en su lucha contra la absorción de complementos retributivos por parte de las empresas del sector de la limpieza a través del aumento del SMI.

En este sentido, este fallo marca el desenlace de un conflicto que se remonta a 2019 en Castellón, donde sindicatos y patronales, representados por la Asociación de pequeñas y medianas empresas de limpieza de la provincia de Castellón (Apymelic) y la Asociación Profesional de Empresas de Limpieza (Aspel), no lograron llegar a un acuerdo conjunto durante la negociación colectiva que tuvo lugar en aquél entonces.



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