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Noticias Jurídicas

Marta Bergadà: “La documentación previa y la estrategia suponen el 90% del éxito de la exoneración”

Esta especialista en la Ley de la Segunda Oportunidad aborda en 'E&J' la importancia vital de la investigación pre-concursal

Marta Bergadà Minguell, abogada y socia fundadora de Bergadà Abogados. (Imagen: Bergadà Abogados)

María González Villasevil

Redacción editorial E&J




Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




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Marta Bergadà: “La documentación previa y la estrategia suponen el 90% del éxito de la exoneración”

Esta especialista en la Ley de la Segunda Oportunidad aborda en 'E&J' la importancia vital de la investigación pre-concursal

Marta Bergadà Minguell, abogada y socia fundadora de Bergadà Abogados. (Imagen: Bergadà Abogados)



La Ley de la Segunda Oportunidad es una legislación beneficiosa al ofrecer un mecanismo legal para que las personas endeudadas tengan la posibilidad de comenzar de nuevo, liberándose de las cargas financieras que les impiden progresar económicamente. Si el juez declara que el endeudado es un deudor de buena fe, se le concederá la exoneración del pasivo insatisfecho. Pero para lograr que el juzgador estime la solicitud de concurso, los abogados del deudor deben preparar toda la información vital en la fase previa a la solicitud.

“Ocuparse para no preocuparse”. Esa es la frase con la que ha comenzado Marta Bergadà Minguell, socia fundadora del despacho Bergadà Asociados, el webinar celebrado por Economist & Jurist y del cual la letrada ha sido ponente. Con esa frase instaba a los asistentes a que otorgasen la importancia que merece la recopilación de documentación imprescindible en la fase previa a la solicitud del concurso, para iniciar el procedimiento de forma segura y evitar tener que preocuparse, ante posibles resoluciones judiciales que impidan que el cliente, el deudor, consiga el perdón de las deudas.



El webinar, que está disponible en la hemeroteca de E&J, ha abordado la importancia de la investigación y preparación de documentación pre-concursal con el fin de diseñar una estrategia que ayude a que se estime la solicitud del concurso y, posteriormente, se conceda la exoneración del pasivo insatisfecho a través de la Ley de la Segunda Oportunidad.



La documentación previa y la estrategia es el 90% del éxito del concurso. Una vez que el abogado obtiene y recopila todos los documentos vitales para estudiar la situación y el caso particular del cliente, podrá analizarlos y estará preparado para determinar qué estrategia seguir”.

(Imagen: E&J)



“Hay que trabajar mucho y muy fino”

Bergadà ha destacado el artículo 489.1, apartado 7, del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), advirtiendo a los abogados especializados en estos temas, “ya que algún compañero se ha pillado alguna vez los dedos, que dicho artículo señala cuáles son las deudas no exonerables, entre ellas, las costas y gastos judiciales de la tramitación de la exoneración”.

Marta Bergadà ha desarrollado de forma detallada el trabajo que deben desarrollar los profesionales legales en la fase previa, es decir, cómo proceder antes de interponer la demanda de concurso. Y es que la letrada asegura que “una investigación exhaustiva es fundamental para lograr el éxito de la exoneración”.

La ponente asegura que en la fase de investigación deben imperar siete pasos imprescindibles, siendo uno de ellos la petición de documentos acreditativos del deudor que demuestren que no está “incurso” en las excepciones y prohibiciones establecidas en el artículo 487 y 488 del TRLC, ya que, si el cliente se encuentra incurso en algunas de las causas de estos artículos, no será tenido como deudor de buena fe y por lo tanto, no se le podrán exonerar sus deudas.

Asimismo, la abogada especializada en Segunda Oportunidad ha repasado todos los importantes documentos que debe reunir el abogado en la solicitud de declaración de concurso, poniendo énfasis en la documentación personal, como es el convenio de divorcio (y las consecuencias económicas de dicho convenio) o el certificado de empadronamiento y convivencia.

También ha dedicado tiempo a abordar la documentación de activos y pasivos: “Hay que trabajar mucho y muy fino en la fase previa porque cualquier dato que no sea tenido en cuenta en la solicitud puede ser causa para que el juez desestime la solicitud, o incluso que deniegue la exoneración del pasivo insatisfecho, especialmente si considera que existe ocultación de bienes”.

Bergadà ha analizado qué procedimiento debe seguirse si se da el posible escenario de que quien quiere acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad sufre o ha sufrido ludopatía. Lo cierto es que el equipo de Bergadà Asociados recientemente consiguió el perdón de las deudas de un cliente que había sufrido esta enfermedad, la cual, le provocó un endeudamiento involuntario.

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