El reflejo de la buena administración a la luz de la STS 5775/2023, de 21 de diciembre de 2023
La sentencia, además, señala la responsabilidad de la administración en casos de inacción frente a situaciones tributarias evidentes
![](https://www.economistjurist.es/wp-content/uploads/sites/2/2023/09/Tribunal-Supremo_EDEIMA20131230_0018_1-scaled.jpg)
Tribunal Supremo. (Foto: archivo)
El reflejo de la buena administración a la luz de la STS 5775/2023, de 21 de diciembre de 2023
La sentencia, además, señala la responsabilidad de la administración en casos de inacción frente a situaciones tributarias evidentes
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Tribunal Supremo. (Foto: archivo)
Muy recientemente hemos conocido la publicación de la STS 5775/2023, de 21 de diciembre de 2023, en la que la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso de nuestro Alto Tribunal prosigue configurando el tan nombrado -y a la vez aún tan indeterminado- principio de buena administración. Sigue trabajando -quizás indebidamente, dada la inacción del legislador- en la conceptualización y definición de una figura jurídica que, a todas luces, marcará el devenir de la noción de Administración Pública y del propio Derecho administrativo en el siglo XXI, abordando la tarea de otorgarle practicidad y efectos jurídicos concretos y no relegarla a una mera fórmula vacía de contenido.
Y es que, aun siendo de pleno interés tanto el fondo del asunto en cuestión como el sentido y dirección del fallo emitido por nuestro Tribunal Supremo que a continuación comentaremos, considero que es de justicia resaltar una serie de afirmaciones y referencias que, si bien pueden pasar de soslayo, a mi modo de ver cimientan uno de los principales pilares en los que se sustenta el principio de buena administración, que debe impregnar todo el actuar administrativo.
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