Condenada una empresa por obligar a un trabajador a conducir 600 kilómetros tras sufrir un infarto
La mercantil deberá pagarle 30.000 euros porque se negaba a creer que el transportista hubiera sufrido un paro cardíaco y que le hubieran dado de alta tan rápido
(Imagen: E&J)
Condenada una empresa por obligar a un trabajador a conducir 600 kilómetros tras sufrir un infarto
La mercantil deberá pagarle 30.000 euros porque se negaba a creer que el transportista hubiera sufrido un paro cardíaco y que le hubieran dado de alta tan rápido
(Imagen: E&J)
La Sala de lo Social Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, ratificando una sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Alicante, ha condenado a una empresa de transportes a indemnizar con 30.000 euros a uno de sus trabajadores por obligarle a conducir más de 600 kilómetros después de sufrir un infarto, del que la compañía estaba al tanto. Con este fallo, el Tribunal también ha desestimado el recurso del empleado, quien solicitaba que la indemnización ascendiese a 50.000 euros por daños morales.
Según los hechos declarados como probados, el conductor, quien trabajaba para la empresa RN Fuster Frigo Transport S.L.U. en el momento de los hechos, fue ingresado en un hospital de Alemania el 12 de diciembre del año 2021, después de sufrir un infarto de miocardio tipo 2. Dos días después y tras recibir tratamiento, el hombre fue dado de alta «para su valoración de tratamiento posterior ambulatorio advirtiéndole de que, en caso de empeoramiento de síntomas, acudiera a un centro médico».
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