La indemnización por accidente laboral a un trabajador de ETT debe ser igual a la de los contratados directamente por la empresa
El TJUE responde así a una cuestión prejudicial planteada por el TSJPV
Una sentencia del TJUE sobre jueces italianos abre la puerta a la regularización de los jueces sustitutos en España. (Imagen: TJUE)
La indemnización por accidente laboral a un trabajador de ETT debe ser igual a la de los contratados directamente por la empresa
El TJUE responde así a una cuestión prejudicial planteada por el TSJPV
Una sentencia del TJUE sobre jueces italianos abre la puerta a la regularización de los jueces sustitutos en España. (Imagen: TJUE)
La indemnización por accidente laboral que provoca incapacidad permanente total para ejercer profesión a trabajador contratado a través de una Empresa de Trabajo Temporal (ETT) debe ser igual a la de trabajadores contratados directamente por la empresa usuaria. Así lo ha sentenciado hoy el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
En la resolución se pronuncia sobre una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) sobre Derecho del trabajo (asunto C-649/22).
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