No cabe penalizar a los trabajadores de baja médica de cara a recibir incentivos
La Audiencia Nacional considera discriminatorio negar las bonificaciones a los empleados en situación de incapacidad temporal
Un trabajador continúa su jornada a pesar de estar enfermo. (Imagen: E&J)
No cabe penalizar a los trabajadores de baja médica de cara a recibir incentivos
La Audiencia Nacional considera discriminatorio negar las bonificaciones a los empleados en situación de incapacidad temporal
Un trabajador continúa su jornada a pesar de estar enfermo. (Imagen: E&J)
Penalizar a los trabajadores en situación de baja médica, incapacidad temporal o reposo, negándoles la posibilidad de percibir incentivos como el resto de empleados, es discriminatorio. Así lo ha determinado la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional tras estimar la demanda presentada por la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de la Unión General de Trabajadores (FeSMC-UGT) contra una empresa que, durante un período de ocho meses, suspendió el otorgamiento de bonificaciones a aquellos empleados que se encontraban en tales situaciones médicas.
Según consta en la sentencia, el 8 de abril de 2019 la compañía Homeserve Asistencia Spain comunicó a sus trabajadores un cambio de modelo de incentivos, compuesto entonces por 15 puntos de los cuales 10 correspondían con ítems operativos y 5 con el absentismo. Concretamente, en el documento se indicaban como ausencias «no recuperables» las bajas médicas, las indisposiciones puntuales y los reposos médicos. Un requisito que, según informaron desde la empresa, sólo afectaría a los empleados que, en aquel entonces, prestaban servicios en los departamentos de Front Office, Tramitación y Reclamaciones.
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