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Artículos

La posibilidad de calificar enfermedades comunes como accidentes de trabajo

La jurisprudencia reconoce las enfermedades psicológicas derivadas del trabajo como accidentes laborales, incluso cuando el desenlace es el suicidio

(Foto: E&J)

Daniel Toscani Giménez

Catedrático de la Universidad de Valencia. Of Counsel Laboral de Alentta Abogados




Tiempo de lectura: 4 min

Publicado




Artículos

La posibilidad de calificar enfermedades comunes como accidentes de trabajo

La jurisprudencia reconoce las enfermedades psicológicas derivadas del trabajo como accidentes laborales, incluso cuando el desenlace es el suicidio

(Foto: E&J)



En la actualidad, existe una regulación específica de las enfermedades profesionales, de acuerdo con el sistema definido en el art. 157 de la LGSS, un sistema de lista que comprende a las enfermedades que se consideran que tienen una etiología profesional, en el RD 1299/2006, entre las cuales no se incluyen las enfermedades psicológicas.

Interpretación judicial y accidentes de trabajo

La consideración de las enfermedades psicológicas como profesionales no constituye una novedad, pues desde hace tiempo la jurisprudencia ha encuadrado las enfermedades psíquicas provocadas por el desempeño de la prestación de servicios dentro del concepto de accidente de trabajo, incluso en casos en que el desenlace de la enfermedad sea el suicidio, basándose en una interpretación extensiva de la noción de lesión, incluyendo no solo las lesiones externas, sino también las internas.



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