La implantación del registro telemático para acceder a la Administración no vulnera la libertad sindical
El Tribunal Supremo rechaza las pretensiones de CC. OO y UGT contra la Junta de Castilla y León, y falla que no se han producido cambios de personal ni de funciones
(Imagen: E&J)
La implantación del registro telemático para acceder a la Administración no vulnera la libertad sindical
El Tribunal Supremo rechaza las pretensiones de CC. OO y UGT contra la Junta de Castilla y León, y falla que no se han producido cambios de personal ni de funciones
(Imagen: E&J)
La Justicia falla que el cambio hacia el registro telemático en la Administración es una medida legítima y acorde con la normativa vigente, por lo que no supone la vulneración del derecho de libertad sindical.
El Tribunal Supremo ha avalado la implementación de un sistema de registro telemático para las actividades sindicales, en sustitución del tradicional método presencial en las Oficinas Territoriales de Trabajo de la Junta de Castilla y León.
Con este fallo judicial, se desestima la demanda interpuesta por los sindicatos de Comisiones Obreras y Unión General de Trabajadores, ratificando que, la transición hacia lo digital, en línea con la Ley 39/2015, es conforme a derecho y no vulnera el derecho de libertad sindical.
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